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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 6308, de 1 de diciembre de 2015

ORD. N°6308 — ORD. N°6308 Subcontratación; Calificación; Atiende solicitud Al003W0004378 sobre

Sumario

ORD. N°6308 Subcontratación; Calificación; Atiende solicitud Al003W0004378 sobre calidad de empresa principal de Metro S.A. respecto de la empresa Consorcio Acciona Brotec Icafal.

Texto del pronunciamiento

: OZ. laz. LO tx 7 Dirección del Trabajo Gobierno de Chile DEPARTAMENTO JURÍDICO K. 10802 (2207)2015 s/k (1101) 2015

ORD.: 6 3 0 8 /

MAT.: Atiende solicitud Al003W0004378 sobre calidad de empresa principal de Metro S.A. respecto de la empresa Consorcio Acciona Brotec Icafal.

ANT.: 1) Instrucciones de 06.11.2015 de Jefatura U. Dictamenes.

2) Ord.2541 de 28.8.2015 de IPT Santiago. 3) Ord.2726 de 3.6.2015 de Jefa (S) de U. Dictámenes. 4) Pase 41 de 15.5.2015 de Subjefe Dpto. Atención de Usuarios. 5) Solicitud de información pública Al003W0004378 de 05.5.2015 de Guillermo Muñoz P.

07 DC 2015

SANTIAGO,

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO DIRECCIÓN DEL TRABAJO

A : SR. GUILLERMO MUÑOZ PINO gm.sinamiQgmail.com

Mediante solicitud del Ant.5), en procedimiento de acceso a información pública, se pide a este Servicio un pronunciamiento acerca de la calidad de empresa principal de Metro S.A. respecto de la empleadora Consorcio Acciona Brotec Icafal S.A., a la luz de la Ley 20.123.

No correspondiendo lo solicitado al ámbito de las funciones propias de transparencia pasiva de cargo del Departamento de Atención de Usuarios de este Servicio, el subjete de dicha oficina, mediante Pase del Ant.4), hizo derivación del asunto al Departamento Jurídico, quien requirió la pertinente fiscalización investigativa a la Inspección Provincial del Trabajo de Santiago.

Habiendo tenido a la vista lo expuesto en el informe de fiscalización N*1301.2015.2986, rendido por la citada Inspección, cabe señalar lo siguiente:

- Se ha constatado que existe el contrato de ejecución de obras N” PL3-0603-04-13 “Construcción de obras civiles túneles tramo 1 y tramo 2, línea 3 metro de Santiago”, entre Metro S.A. y Consorcio Acciona Brotec Icafal S.A.

2

- La empresa encargada de la ejecución de la obra es Consorcio Acciona Brotec Icafal S.A., quien contrata trabajadores para ta! efecto.

- La empresa Metro S.A. externaliza la construcción de los túneles, estaciones y demás obras accesorias, trabajos que se desarrollan por la aludida empresa ejecutante en las comunas de Quilicura, Conchalí, Independencia, Santiago, Ñuñoa y La Reina.

- Dadas las características de la relación jurídica entre las empresas y la situación fáctica constatada -incluida la realidad laboral-, corresponde concluir que, en la especie, se verifica un régimen de subcontratación conforme lo define el artículo 183-A del Código del Trabajo, donde la empresa Metro S.A. tiene la calidad de empresa principal, mientras Consorcio Acciona Brotec Icafal S.A. ejecuta las obras como empresa contratista

Sin otro particular DIRECCIÓN :

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Saluda atte. |

OF) F A TEs ¿A o LGNDEL 2 AáAáA«<«>> LS 4 JOSE FRANCISCO CASTRO CASTRO E ra cal ABOGADO . IE FEJS JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO NOS e f DIRECCIÓN DEL TRABAJO ; EA dotó Distribución: - — Dest - — Dpto.Atención Usuarios - PT Santiago - Jurídico. - Partes. - Control.

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 6308, de 1 de diciembre de 2015.

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