Dirección del Trabajo
Ordinario N° 2908, de 30 de junio de 2017
ORD. N°2908 — ORD. N°2908 Estatuto Docente; Corporación Municipal; Asignación de desempeño col
Sumario
ORD. N°2908 Estatuto Docente; Corporación Municipal; Asignación de desempeño colectivo; Remite presentación que indica para fiscalización y respuesta directa a los interesados.
Texto del pronunciamiento
* e s | CE DIRECCIÓN DEL TRABAJO o - DEPARTAMENTO JURÍDICO K: 5075(1217)2017 c ORD.: 2908 1 ( Dl DO MAT.: Remite presentación que indica para Lada GA Y a . NAILS fiscalización y respuesta directa a los y “interesados. i , q ¡ANT.: - 1)Pase N*%646 de 08.06.2017 de Jefe de | Gabinete de Director del Trabajo, recibido el ; E . 12.06.2017. / o 2)Ordinario N*006299 de 02.06.2017 de f E: Jefe (S) Unidad Jurídica ll Contraloría / Regional Metropolitana de Santiago. ¡ “3)Presentación de 30.05.2017 de Sr. N / Alejandro Yermani Miranda. N ETT ¿SANTIAGO, 30 JUN 2077 DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO E A : SR. INSPECTOR PROVINCIAL DEL TRABAJO CORDILLERA, PUENTE ALTO Adjunto remito a Ud. presentación del antecedente, 3), a fin de que un fiscalizador de su dependencia se constituya en la Corporación Municipal de Educación de Puente Alto a objeto de constatar la efectividad de la denuncia formulada por el docente Alejandro Yermani Miranda, en contra de dicha entidad por el no pago de lla segunda cuota de la asignación de desempeño colectivo. : De los resultados de dicha fiscalización se solicita informar directamente al interesado. | Para mejor resolver, cabe hacer presente que el referido beneficio se encuentra contemplado en el artículo 18 de la Ley N*19.933 y consiste en un beneficio en dinero, imponible y tributable que se paga por el período de un año en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, a los docentes con relación laboral vigente a la fecha de pago de la respectiva cuota.
M 2
Su monto es de un 20% de la Remuneración Básica Mínima Nacional cuando el nivel de cumplimiento de las metas prefijadas sea igual O superior al 90% y, de 10% de la Remuneración Básica Mínima Nacional si dicho nivel fuere inferior al 90% pero igual O superior al 75%.
Finalmente, si existiese cualquier duda en torno a la gestión requerida, solicito comunicarse con doña Blanca Dervis Enríquez, bdervisat.gob.cl, abogada del Departamento Jurídico, Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
| Saluda a Ud., SS DEL, E - Oña. (mn E AIEFE]S | 18 (EEE) a So y Sy : O JURO JO RANCISCO CASTRO CASTRO ABOGADO DEPARTAMENTO JURÍDICO RECCIÓN DEL TRABAJO lalo Distribución: «Jurídico i -Partes : -Control : -Alejandro Yermani Miranda -
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 2908, de 30 de junio de 2017.
Más sobre Asignaciones y Tramo de Desarrollo Profesional
-
La norma establece que los sostenedores de colegios subvencionados no deben pagar la bonificación proporcional a docentes en huelga, salvo acuerdo voluntario entre las partes.
-
ORD.N°181 Bono Reconocimiento Profesional; profesional autorizado para el ejercicio de la función docente; La calidad de autorizada para el ejercicio de la función docente no faculta para percibir el pago de la Bonificación de Reconocimiento Profesional prevista en el artículo 1º de la Ley Nº20.158.
-
La norma explica que los aumentos de sueldo pactados entre un establecimiento educacional subvencionado y sus trabajadores se aplican según lo acordado, y que debe analizarse cada caso para decidir si pueden imputarse a la Remuneración Complementaria Adicional.
Todos los pronunciamientos sobre Asignaciones y Tramo de Desarrollo Profesional
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Estatuto Docente y Asistentes de la Educación, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Estatuto Docente y Asistentes de la Educación¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.