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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 5534, de 15 de noviembre de 2017

ORD. N°5534 — ORD. N°5534 Estatuto Docente; Bonificación por reconocimiento profesional; Benef

Sumario

ORD. N°5534 Estatuto Docente; Bonificación por reconocimiento profesional; Beneficio por concepto de Título y Mención; Remite presentación que indica para fiscalización y respuesta directa a los interesados.

Texto del pronunciamiento

A Pirección del a Gubinrás de Chio DEPARTAMENTO JURIDICO UNIDAD DE DICTAMENES E INFORMES EN DERECHO K: 8997(2053)2017 ORD: 9534 A, | QU (4) MAT.: Remite presentación que indica para fiscalización y respuesta directa a los interesados. Y ANT.: 1 Pase N* 1162 de 22.09.2017 de Jefe de Gabinete del Director del Trabajo 2) Oficio N” 013136 de 11.09.2017 de Jefe Unidad Jurídica, | Contraloría Regional Metropolitana de Santiago. 3) Presentación de 07.09.2017 de Carmen Luisa Escobar Olivares. SANTIAGO, 7 DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO 15 Now 207 / A : INSPECTOR COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO PONIENTE NEPTUNO N? 856 LO PRADO

Adjunto remito a Ud. presentación del antecedente 3), mediante la cual la docente Sra. Carmen Luisa Escobar Olivares, cédula de identidad 9.214,162-4 reclama el pago del bono de reconocimiento profesional. Precisa que presta servicios en la Escuela 378 Estrella de Chile, dependiente de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Pudahuel, para cuyo efecto acompaña comprobantes de pago de remuneraciones de los años 2016 y 2017.

Al respecto, se debe tener presente que la bonificación por reconocimiento profesional es un beneficio destinado a los profesionales de la educación tanto del sector municipal, particular subvencionado como de administración delegada, estos últimos, regidos por el D.L. 3166, de 1980, que cumplan los requisitos establecidos en la Ley N” 20.158, de 29.12.2016 que Establece Diversos Beneficios para Profesionales de la Educación y Modifica Distintos Cuerpos Legales. El referido beneficio fue incorporado al Decreto con Fuerza de Ley N” 1, de 1997, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N” 19.070 que Aprobó el Estatuto de los profesionales de la Educación, y de las Leyes que la Complementan y Modifican, en el numeral 54,

En efecto, se trata de un beneficio remuneracional que permite a los docentes percibir un monto mensual por concepto de título y un complemento por concepto de mención, valores que se pagan de acuerdo a las horas de contrato, con un tope de 30 horas.

De esta forma, a los docentes les corresponderá este beneficio tanto en el componente Título como en la Mención.

2 .

Sin embargo, en el caso de los docentes que hayan obtenido el título en escuelas normales tendrán derecho al total de la bonificación.

En consideración a lo anterior, se requiere que un fiscalizador de su dependencia se constituya en la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Pudahuel, RUT 70.835.200-4, con domicilio en calle San Francisco N*8630, Comuna de Pudahuel, con el objeto de abordar la materia denunciada.

Para tal efecto, cabe tener presente lo dispuesto en los dictámenes nros. 0152/002 de 11.01.2016, 5039 de 15.12.2014, 3474 de 04.07.2016, 2997 de 03.06.2016, entre otros.

En el evento que durante el procedimiento de fiscalización surja una duda en cuanto a si el título o la mención cumplen los presupuestos para acceder al pago de la bonificación por reconocimiento profesional se deberán remitir los antecedentes a este Departamento para efectos de derivar la presentación a la instancia competente.

De lo contrario se debe fiscalizar teniendo presente la jurisprudencia administrativa desarrollada por este Servicio en torno a la materia, instruir lo que corresponda y del resultado de dicha actuación, informar directamente a la interesada.

Saluda a Ud.,

A A CA ER A Er JOSÉ FRANCISCO CASTRO CAS JEFEJS ABOGADO . AU A VEFE DEPARTAMENTO JURÍDICONZ>> 5 RECCIÓN DEL TRABAJO AS seal Distribución: «Jurídico -Partes -Control

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Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 5534, de 15 de noviembre de 2017.

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