Dirección del Trabajo
Ordinario N° 6411, de 18 de diciembre de 2018
ORD. N°6411 — ORD. N°6411 Registro de asistencia; Sistema electrónico computacional de control
Sumario
ORD. N°6411 Registro de asistencia; Sistema electrónico computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Que respecto al sistema de sistema de control de asistencia denominado rFlex, se advierte que 1) no se acompaña informe de certificación de la empresa; 2) no se acompaña informe de análisis de vulnerabilidades, y 3) no se acompaña evidencias que den cuenta de la implementación de los reportes requeridos por la norma 5849. En consecuencia, resulta improcedente va
Texto del pronunciamiento
¿EN Dirección del AA |. rabajo DIRECCION DEL TRABAJO DEPARTAMENTO JURIDICO a K7559(1512)2018 BLA: ORD.NS 2 2/ UU) MAT.: Sobre legalidad de registro de asistencia MUA ” Sé ANT.: 1) Correo electrónico de Subjefe de Departamento Tecnologías de la Información, de 28.11.2018. | 2) Correo electrónico de abogado Rosamel | Gutiérrez Riquelme, de 20.11.2018. | 3) Correo electrónico de Subjefe de | Departamento Tecnologías de la Información, | de 11.10.2018. | 4) Memo N* 26, de Jefe Departamento ! x Jurídico, de 30.07.2018. 5) Presentación de rFlex SpA, de 29.06.2018. DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO 18 DIC 208 A : EMPRESA rFLEX SpA AVENIDA MALMO N* 459, OFICINA 42 LAS CONDES/
Por la presentación del antecedente 5), rFlex SpA acompaña documentación e implemento informático provenientes de la empresa certificadora Sergic Usach Ltda., que acreditaría que el sistema de control de asistencia denominado rFlex, se encuentra conforme al inciso 1* del artículo 33 del Código del Trabajo y al Dictamen N* 1140/027, de 24.02.2016, de esta Dirección.
Por Memo de antecedente 4), se requirió el informe técnico de rigor al Departamento de Tecnologías de la Información de esta Dirección.
De los antecedentes reunidos, se constata según informe remitido mediante el Ant. 1) por el Depto. de Tecnologías de la Información, que: 1) no se acompaña informe de certificación de la empresa; 2) no se acompaña informe de análisis de vulnerabilidades, y 3) no se acompaña evidencias que den cuenta de la implementación de los reportes requeridos por la norma 5849. ?
2 En consecuencia, resulta improcedente validar técnicamente el sistema de control de asistencia acompañado por esa empresa Saluda a Ud. 5 4 HO eS 7 4 SIERO A, CAB gócñbo (LEFEJS G/ JEREDEPARTAMENTO JURÍDICO», 9, í LH DIRECCIÓN DEL TRABAJO Sl naa Leiro Distribución) - Jurídico, Pártes y Control - hectorrílex.cl
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Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 6411, de 18 de diciembre de 2018.
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