Dirección del Trabajo
Ordinario N° 1408, de 8 de abril de 2020
ORD. N°1408 — ORD. N°1408 Registro y control de asistencia; Aplicación móvil; GPS; Medios de c
Sumario
ORD. N°1408 Registro y control de asistencia; Aplicación móvil; GPS; Medios de control; Costo de datos móviles; En virtud del poder de dirección de que goza el empleador, es éste quien tiene derecho a determinar el tipo de sistema de registro y control de asistencia a utilizar en la empresa. Sin embargo, si se tratara de un sistema informático, el mecanismo elegido debe cumplir con lo dispuesto por este Servicio en los dictámenes Nº1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017. 2-. Por trata
Texto del pronunciamiento
ORD. N°1408 Registro y control de asistencia; Aplicación móvil; GPS; Medios de control; Costo de datos móviles; En virtud del poder de dirección de que goza el empleador, es éste quien tiene derecho a determinar el tipo de sistema de registro y control de asistencia a utilizar en la empresa. Sin embargo, si se tratara de un sistema informático, el mecanismo elegido debe cumplir con lo dispuesto por este Servicio en los dictámenes Nº1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017. 2-. Por tratarse de una herramienta tecnológica destinada a que el empleador de cumplimiento a la obligación legal establecida en el inciso 1° del artículo 33 del Código del Trabajo, la utilización de un sistema de registro y control de asistencia no puede generar ningún costo para los trabajadores. 3. La obligación de portar los equipos telefónicos durante todo el día y enviar fotografías a través de las aplicaciones móviles “Portia Net” y “Talana”, se encontraría ajustada a Derecho en la medida que las partes formalmente así lo hayan convenido en el contrato de trabajo o en un anexo de este. 4-. Si bien no existe inconveniente en que, por distintas razones, los trabajadores se encuentren sometidos a diferentes controles físicos y electrónicos durante su jornada laboral, sólo uno de ellos puede entregar información válida para el registro y control de asistencia y las horas de trabajo. 5-. Atendido que los trabajadores por los que se consulta realizan labores de reposición de mercaderías en supermercados, es dable estimar que mantener encendido el GPS de los teléfonos celulares durante toda la jornada laboral excede los fines de un sistema de registro de asistencia, transformándolo en un mecanismo de vigilancia. 6-. Es obligación del empleador realizar todas las acciones de capacitación que resulten necesarias para que los trabajadores puedan utilizar correctamente el sistema de registro y control de asistencia. 7-. Los trabajadores sólo se encuentran obligados a realizar las labores a las cuales se han comprometido, sea en su contrato de trabajo o en anexos de este.
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Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 1408, de 8 de abril de 2020.
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