Dirección del Trabajo
Ordinario N° 2025, de 24 de noviembre de 2022
ORD. N°2025 — ORD. N°2025 Docentes; Horas curriculares no lectivas, improcedencia de las horas
Sumario
ORD. N°2025 Docentes; Horas curriculares no lectivas, improcedencia de las horas de libre disposición; El representante del Colegio debe modificar los anexos de contratos de los docentes, de tal manera que las horas de trabajo curriculares no lectivas sean realizadas en su totalidad en el establecimiento educacional, para dar cumplimiento al objetivo del legislador de que ellas sean desarrolladas entre pares, en las tareas asociadas al proceso de enseñanza.
Texto del pronunciamiento
Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, innovación y Estudios Laborales E 116191 (1136) 2022 ) 0 ) 5 AUTO ORDINARIO N ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Horas curriculares no lectivas, improcedencia de las horas de libre disposición. RESUMEN: El representante del Colegio debe modificar los anexos de contratos de los docentes, de tal manera que las horas de trabajo curriculares no lectivas sean realizadas en su totalidad en el establecimiento educacional, para dar cumplimiento al objetivo del legislador de que ellas sean desarrolladas entre pares, en las tareas asociadas al proceso de enseñanza. ANTECEDENTES: 1.- Correo electrónico de 04.11.2022 de la Inspección Provincial del Trabajo Marga Marga. 2.- Correo electrónico de 03.11.2022 a inspección Provincial del Trabajo Marga Marga. 3.-Instrucciones de 02.11.2022 de la Jefa del Departamento Jurídico y Fiscal (S). 4.- Instrucciones de 08.11.2022 de la Jefa de la Unidad de Pronunciamientos, Innovaciones y Estudios Laborales. 5.- Oficio Ordinario N” 508-8674/2022 de la de la Inspección Provincial del Trabajo Marga Marga. 6.- Oficio N*67 de 30.05.2022 de don Claudio Arévalo en representación de Fundación Colegio Nacional. . 1
SANTIAGO, 2 4 NOV 2022 DE: JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL (S)
DIRECCIÓN DEL TRABAJO A: SR. CLAUDIO ARÉVALO R.
SANTIAGO N*636
VILLA ALEMANA
Mediante presentación del antecedente 5), usted solicita a esta Dirección del Trabajo un pronunciamiento jurídico acerca de la procedencia de continuar entregando a los docentes el beneficio que el 40% de sus horas no lectivas las realizaban desde su domicilio, o, por el contrario, necesitan actualizar sus contratos de trabajo y exigir la presencialidad del total de horas no lectivas.
Al respecto el artículo 80 del Estatuto Docente en su parte pertinente dispone: “En la distribución de la jornada de trabajo se deberá procurar que las horas no lectivas sean asignadas en bloques de tiempo suficiente para que los profesionales de la educación puedan desarrollar la totalidad de sus labores y tareas asociadas al proceso de enseñanza y aprendizaje dentro de aquella.
Al menos el 40% de las horas no lectivas estará destinado a las actividades de preparación de clases y de evaluación de aprendizajes, así como también a otras actividades profesionales relevantes para el establecimiento que sean determinadas por el director, previa consulta al Consejo de Profesores.”
Por su parte la doctrina vigente de este Servicio, contenida entre otros en el Dictamen N*1911/451 de 05.05.2017 señala: “... y en lo que dice relación con la procedencia de que las horas curriculares no lectivas se pacten como de libre disponibilidad, sin la obligación del docente de cumplirlas en el establecimiento educacional, cabe señalar que se es de opinión que, a contar de la entrada en vigencia del nuevo texto del artículo 80 del Estatuto Docente, ello no resultaría procedente, considerando que el aumento de las horas curriculares no lectivas dentro de la jornada de trabajo del docente y la exigencia de que las mismas sean cumplidas dentro del establecimiento educacional en espacios continuos de trabajo, tiene por finalidad, tal como ya se expresara, que los docentes puedan desarrollar adecuadamente su trabajo, con la posibilidad de trabajar con sus pares, lo que no sería posible sí tales labores las ejecuta el profesional fuera del establecimiento educacional, en un lugar elegido por ellos debiendo, por tanto, las partes adecuar sus contratos individuales y colectivos de trabajo a las nuevas exigencias legales.”
En consecuencia, sobre la base de las consideraciones formuladas, disposiciones legales citadas, cumplo con informar a usted:
El representante del Colegio debe modificar los anexos de contratos de los docentes, de tal manera que las horas de trabajo curriculares no lectivas sean realizadas en su totalidad en el establecimiento educacional, para dar 1 https://www.dt.gob.cl/legislacion/1624/w3-article-111894.htm!
2
cumplimiento al objetivo del legislador de que ellas sean desarrolladas entre pares, en las tareas asociadas al proceso de enseñanza. Saluda atentamente a Ud., , y DEL Le Y) 20 Eze [SN ATALIA SA EFE o ABOGADA A JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCALYS) > % DIRECCIÓN DEL TRABAJO an Léricoo ¡Stribución - Jurídico - Partes - Control 3
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 2025, de 24 de noviembre de 2022.
Más sobre Asignaciones y Tramo de Desarrollo Profesional
-
La norma establece que los sostenedores de colegios subvencionados no deben pagar la bonificación proporcional a docentes en huelga, salvo acuerdo voluntario entre las partes.
-
ORD.N°181 Bono Reconocimiento Profesional; profesional autorizado para el ejercicio de la función docente; La calidad de autorizada para el ejercicio de la función docente no faculta para percibir el pago de la Bonificación de Reconocimiento Profesional prevista en el artículo 1º de la Ley Nº20.158.
-
La norma explica que los aumentos de sueldo pactados entre un establecimiento educacional subvencionado y sus trabajadores se aplican según lo acordado, y que debe analizarse cada caso para decidir si pueden imputarse a la Remuneración Complementaria Adicional.
Todos los pronunciamientos sobre Asignaciones y Tramo de Desarrollo Profesional
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Estatuto Docente y Asistentes de la Educación, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Estatuto Docente y Asistentes de la Educación¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.