Dirección del Trabajo
Ordinario N° 176, de 25 de marzo de 2025
ORD.N°176 — ORD.N°176 Sistema electrónico de registro y control de asistencia digital; El si
Sumario
ORD.N°176 Sistema electrónico de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "FACEID", consultado por la empresa Software Empresarial ControlRoll Ltda., RUT N°76.436.003-6, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
Texto del pronunciamiento
. Pa Hs ea bala a O O Etica | AGomotie do Clos 12924 MED 2024 Ñ Departamento Jurídico Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho E28238 (248) 2025 a el 5 ORDINARIO NC; A ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Sistema electrónico de registro y control de asistencia digital, RESUMEN: El sistema, de registro y control de asistencia : denominado "FACEID", consultado por la empresa Software Empresarial ControlRoll Ltda,, RUT N*76.436,003-6, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral. ANTECEDENTES: : 1) Instrucciones de 12,03,2025 de Jefa de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho, 2) Presentación de 29.01.2025 MA QU e representación de empresa Software Empresarial ControlRoll Ltda, . SANTIAGO, 25 MAR 2075 DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO 1. AED SOFTWARE EMPRESARIAL CONTROLROLL LTDA. LAS CONDES Mediante la presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024,
Ahora bien, precisado lo anterior, es del caso indicar que, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó un informe de certificación emitido por la empresa Veltec Informática y Cla., Rut 76.201.051-8, y trraco po
En tal contexto, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 3* del artículo 33 del Código del Trabajo y artículo 68* de la Resolución Exenta N*38, se procedió a analizar los antecedentes presentados, cuyo resultado es el siguiente:
a) Examen de admisibilidad: Durante esta etapa se analiza el cumplimiento de las
exigencias formales de presentación de los antecedentes, así como la omisión de
información general, las credenciales o accesos al módulo de fiscalización y la falta
de documentos,
Conclusión: La documentación presentada se ajusta a las exigencias vigentes.
b) Análisis de los aspectos informáticos: En esta etapa se examina el . cumplimiento de las condiciones relativas a la arquitectura del software, seguridad,
integridad y respaldo de la información, base de datos, alertas, etc,
Conclusión: La documentación presentada se ajusta a las exigencias vigentes,
£) Análisis de los aspectos Jurídicos: En esta instancia se revisan las exigencias
asociadas a la emisión de reportes de fiscalización.
Conclusión: La documentación presentada se ajusta a las exigencias vigentes,
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la norma legal citada, jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado "FACEID", consultado por la empresa Software Empresarial ControlRo!l
: Ltda., RUT N*76,436,003-6, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral,
“Saluda atentamente a Ud,, | O JO Pza na Y z NATALIA-ROZÓ SANHUEZK : | ABOGADA_/" Ne A JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍD La 5% 4 DIRECCIÓN DEL TRABAJO " IRC o Disttibución: > ridico; - Partes; - Control; 2
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Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 176, de 25 de marzo de 2025.
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