Saltar al contenido
Folium

Dirección del Trabajo

Ordinario N° 591, de 2 de septiembre de 2025

ORD.N°591 — ORD.N°591 Sistema electrónico de registro y control de asistencia digital; El si

Sumario

ORD.N°591 Sistema electrónico de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "AsistControl", consultado por la empresa Ingeniería Femase Ltda., RUT N°76.387.841-4, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.

Texto del pronunciamiento

Dirección 23% del Trabajo E Gobierno de Chile q años $ Pr OS, A dl TAE AA Departamento Jurídico Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho E141448/2025 Eo 1 ORDINARIO N*: 42 / ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Sistema electrónico de registro y control de asistencia. RESUMEN: El sistema de registro y control de asistencia denominado “AsistControl”, consultado por la empresa Ingeniería Femase Ltda. RUT N*76.387.841-4, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 21.08.2025 de Jefa de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho. : 2) Presentación de 22.05.2025 de empresa Ingeniería Femase Ltda. SANTIAGO, 02 SEP 202% DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO A : SRES.

EMPRESA INGENIERÍA FEMASE LTDA.

Mediante la presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024.

En tal contexto, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 3” del artículo 33 del Código del Trabajo y artículo 68” de la Resolución Exenta N*38, se procedió a analizar los antecedentes presentados, cuyo resultado es el siguiente:

a) Examen de admisibilidad: Durante esta etapa se analiza el cumplimiento de las exigencias formales de presentación de los antecedentes, así como la omisión de información general, las credenciales o accesos al módulo de fiscalización y la falta de documentos.

Observación: No fue posible acceder a la carpeta virtual con la documentación electrónica ofrecida lo cual, evidentemente, impidió efectuar el correspondiente proceso de revisión de la plataforma.

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la norma legal citada, jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado “AsistControl”, consultado por la empresa Ingeniería Femase Ltda., RUT N*76.387.841-4, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.

Saluda atentamente a Ud., DIRECCIÓN DEL, TRABAJO ¡ TS 4 ' | | 025 | | OFICINA DE PARTES | ? l ¿GON D 7 OU Cugat Al z Z ATALIA POZQ SANHUEZA. A Oj ABOGADA ES, JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDISA JURO IRECCIÓN DEL TRABAJO ER: Distribución: - Wurídico; - Partes; - Control; 2

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 591, de 2 de septiembre de 2025.

Artículos que cita

Más sobre Aprobación de Sistemas Electrónicos

  • 22 de octubre de 2026

    Ordinario N° 492

    La norma rechaza la solicitud de Producecheck Group S.p.A. para usar su sistema electrónico de registro y control de asistencia, porque la documentación presentada no cumple los requisitos de la Resolución Exenta Nº38 de 2024.

  • 29 de septiembre de 2026

    Ordinario N° 453

    La norma autoriza el uso del sistema electrónico "PuntoSeguro" de Soluciones en Seguridad Ltda. para registrar y controlar la asistencia laboral, al cumplir con las exigencias de la Resolución Exenta Nº38 de 2024.

  • 29 de septiembre de 2026

    Ordinario N° 455

    La norma rechaza la autorización del sistema electrónico de asistencia "librodeasistencia" de Faast S.p.A. porque no cumple todos los requisitos de la Resolución Exenta Nº38, impidiendo su uso en relaciones laborales.

Todos los pronunciamientos sobre Aprobación de Sistemas Electrónicos

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Registro y Control de Asistencia, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Registro y Control de Asistencia

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium