Dirección del Trabajo
Ordinario N° 662, de 25 de septiembre de 2025
ORD.N°662 — ORD.N°662 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de reg
Sumario
ORD.N°662 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "UCA", consultado por la empresa LOGAM S.A., RUT N°96.653.990-9, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
Texto del pronunciamiento
: ¿Ep Dirección | ¡del Trabajo. A Lo) A at XA AMI, SS Departamento Jurídico Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho E185137/2025 » ORDINARIO N*: AÑ 9 / ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Sistema de registro y control de asistencia digital. RESUMEN: El sistema de registro y control de asistencia denominado “UCA”, consultado por la empresa LOGAM S.A., RUT N*96.653.990- 9, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 16.09.2025 de Jefa de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho. 2) Presentación de 02.07.2025 de empresa LOGAM S.A. SANTIAGO, 25 SEP 2005 DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO A : SRES.
EMPRESA LOGAM S.A.
Mediante la presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, para lo cual acompaña un informe de certificación emitido por la empresa Veltec Informática y Cía. Ltda., Rut 76.201.051-8, fechado el 02.07.2025.
En tal contexto, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 3” del artículo 33 del Código del Trabajo y artículo 68” de la Resolución Exenta N”38, se procedió a analizar los antecedentes presentados, cuyo resultado es el siguiente:
a) Examen de admisibilidad:
i. Observación: Dos funcionarios solicitaron claves de acceso en distintos días a
través del enlace de fiscalización DT, disponible en la página
httos://logam.puntuale.cl, sin poder validar las credenciales lo que, evidentemente,
impidió analizar el cumplimiento de todas las normas relativas a la fiscalización.
li, Observación: El mismo sistema, con otro nombre comercial, ha sido presentado por la empresa Prosegur Chile S.A., no quedando clara la relación entre ambos.
Conclusión: El sistema no aprueba el examen de admisibilidad.
b) Análisis de los aspectos informáticos: En esta etapa se examina el
cumplimiento de las condiciones relativas a la arquitectura del software, seguridad,
integridad y respaldo de la información, base de datos, alertas, etc.
Conclusión: Atendido lo señalado en el acápite anterior, no se revisan los aspectos
informáticos del sistema.
Cc) Análisis de los aspectos jurídicos: En esta instancia se revisan las exigencias
asociadas a la emisión de reportes.
Conclusión: Atendido lo señalado en el acápite anterior, no se revisan los aspectos
jurídicos del sistema.
En suma, analizados los antecedentes acompañados a la luz de la norma legal citada, jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado “UCA”, consultado por la empresa LOGAM S.A., RUT N*96.653.990- 9, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
Saluda atentamente a Uad., .
A [ SECCIÓN DEL TAseaJO O O i 12550 | | a OFICINA DE PARTES ZIADET y => SY Rs do , Ss e CAROLINA NOSQg” 1 ¡a ABOGADA y a ES, JEFA (9) DEPARTAMENTO JURÍDICO JURO de DIRECCIÓN DEL TRABAJO MEC/RC tribución: - “Jurídico; - Partes; - Control; 2
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Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 662, de 25 de septiembre de 2025.
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