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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 807, de 5 de diciembre de 2025

ORD.N°807 — ORD.N°807 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de reg

Sumario

ORD.N°807 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Creasis 2025", consultado por la Sociedad de Inversiones Santa Martina Ltda., Rut N°76.219.497-K, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.

Texto del pronunciamiento

244 Dirección del Trabajo ¿"O As 1,09) A pi EE Departamento Jurídico Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho o E281638/2025 el 7 ORDINARIO N*: / ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Sistema electrónico de registro y control de asistencia. RESUMEN: El sistema de registro y control de asistencia denominado “Creasis 2025”, consultado por la Sociedad de Inversiones Santa Martina Ltda., Rut N*76.219.497-K, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 26.11.2025 de Jefa de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho. 2) Presentación de 25.09.2025 de Sociedad de Inversiones Santa Martina Ltda. SANTIAGO, —05DIC 20% DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO A : SRES SOCIEDAD DE INVERSIONES SANTA MARTINA LTDA. CAMINO EL CERRILLO 2375, PARCELA 7 BUIN Mediante la presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, para lo cual se acompaña un informe de certificación emitido por la empresa Ciberlegal S.p.A., Rut 77.180.832-8.

En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 3? del artículo 33 del Código del Trabajo, fueron sometidos al proceso de revisión establecido en el artículo 68% de la Resolución Exenta N*38, cuyo resultado es el siguiente:

a) Examen de admisibilidad.

Conclusión: La solicitud cumple con las normas mínimas de admisibilidad. b) Análisis de los aspectos informáticos.

Conclusión: La solicitud cumple con las normas técnicas de las plataformas. c) Análisis de los aspectos jurídicos.

Conclusión: La solicitud cumple con las normas jurídicas vigentes.

En suma, analizada la información acompañada a la luz de las normas legales y reglamentarias invocadas y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado “Creasis 2025”, consultado por la Sociedad de Inversiones Santa Martina Ltda., se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.

Saluda atentamente a Ud.,

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Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 807, de 5 de diciembre de 2025.

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