Dirección del Trabajo
Ordinario N° 167, de 27 de febrero de 2026
ORD.N°167 — ORD.N°167 Sistema electrónico de registro y control de asistencia; El sistema de
Sumario
ORD.N°167 Sistema electrónico de registro y control de asistencia; El sistema de registro y control de asistencia denominado "KLOC", consultado por la empresa Desarrollos Operativos e Innovación S.p.A., se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
Texto del pronunciamiento
2 cn y del Trabajo E Gotuerzo decae A La A PA RA Departamento Jurídico Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho E307065 / 2025 ORDINARIO N*; 57 / ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Sistema electrónico de registro y control de asistencia. RESUMEN: El sistema de registro y control de asistencia denominado “KLOC”, consultado por la empresa Desarrollos Operativos e Innovación S.p.A., se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 23.02.2026 de Jefa (S) de Departamento Jurídico. 2) Presentación de 15.10.2025 de empresa Desarrollos Operativos e Innovación S.p.A. SANTIAGO, — 27 FEB 2008 DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO A : SRES. DESARROLLOS OPERATIVOS E INNOVACIÓN S.P.A. CONDELL N*1.337, LC1, PRIMER PISO PROVIDENCIA infoOkloc. cl Mediante la presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, para lo cual se acompaña un informe de certificación emitido por la empresa Ciberlegal S.p.A., Rut 77.180.832-8.
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 3” del artículo 33 del Código del Trabajo, fueron sometidos al proceso de revisión establecido en el artículo 68” de la Resolución Exenta N*38, cuyo resultado es el siguiente:
a) Examen de admisibilidad: Durante esta etapa se analiza el cumplimiento de las exigencias mínimas, así como la omisión de información general, las credenciales o accesos al módulo de fiscalización, flujos y la falta de documentos.
Conclusión: La presentación da cumplimiento a las exigencias de esta etapa.
b) Análisis de los aspectos informáticos: En esta etapa se examina el cumplimiento de las condiciones relativas a la arquitectura del software, seguridad, integridad y respaldo de la información, base de datos, alertas, etc.
Conclusión: La presentación da cumplimiento a las exigencias de esta etapa.
c) Análisis de los aspectos jurídicos: En esta instancia se revisan las exigencias asociadas a la emisión de reportes y herramientas de fiscalización. Analizada la plataforma se formulan las siguientes observaciones respecto del artículo 27”: Conclusión: La presentación da cumplimiento a las exigencias de esta etapa.
En suma, analizada la información acompañada a la luz de las normas legales y reglamentarias invocadas y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado “KLOC”, consultado por la empresa Desarrollos Operativos e Innovación S.p.A., se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
Dm C Pol Saluda atentamente a Ud., / XA Ml q - / l Í / / Y / / IN | / - / l E ¿ESÓN De AD SS 8 o End 157 LES E NATALIA POZO SANHUEZÁ. 5, ABOGADA | <> y i N í eo SURÍDICO, JEFA (S) DEPAR adn BICO- DIRECCIÓN DEL TRABAJQUÓN 7 > y RABO" | 2 lo MEL de | ARTES / MecIR Ñ istribución: - Y Jurídico; - Partes; - Control; 2
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Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 167, de 27 de febrero de 2026.
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