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Ordinario N° 278, de 27 de mayo de 2026

ORD.N°278 — ORD.N°278 Sistema electrónico de registro y control de asistencia. El sistema de

Sumario

ORD.N°278 Sistema electrónico de registro y control de asistencia. El sistema de registro y control de asistencia denominado "Staff Attendance", consultado por la empresa GPI Software S.A., RUT Nº76.265.792-9, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de las relaciones laborales.

Texto del pronunciamiento

234 Dirección | . del Trabajo Departamento Jurídico Unidad de Dictámenes e e Informes en Derecho O! E14970 / 2026 7 ORDINARION"_ / ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Sistema electrónico de registro y control de asistencia. RESUMEN: El sistema de registro y control de asistencia denominado “Staff Attendance”, consultado por la empresa GPI Software S.A., RUT N*76.265.792-9, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de las relaciones laborales. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 20.05.2026 de Jefe (S) de Departamento Jurídico. 2) Correo electrónico de 31.03.2026 de GPI Software S.A. 3) Correo electrónico de 30.03.2026 de Departamento Jurídico. 4) Correo electrónico de 18.02.2026 de Departamento de Tecnologías de la Información. 5) Presentación de 16.01.2026 de empresa GPI Software S.A. SANTIAGO, 2.7 MAY 2026 DE : JEFE (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO A : SRES. EMPRESA GPI SOFTWARE S.A. AVENIDA LA DEHESA 1939, OFICINA 404 LO BARNECHEA contacto(Ogpisoftware.cl Mediante la presentación del antecedente 5), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, para lo cual acompaña un informe de certificación emitido por la empresa Neosoltec S.p.A., Rut 76.131.504-8.

En tal contexto, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 3* del artículo 33 del Código del Trabajo y artículo 68” de la Resolución Exenta N*38, se procedió a analizar los antecedentes presentados, cuyo resultado es el siguiente:

a) Examen de admisibilidad: Durante esta etapa se analiza el cumplimiento de las exigencias formales de la presentación, antecedentes y componentes del sistema. Conclusión: La solicitud se ajusta a la normativa vigente.

b) Análisis de los aspectos informáticos: En esta etapa se examina el cumplimiento de las condiciones relativas a la arquitectura del software, seguridad, integridad y respaldo de la información, base de datos, alertas, etc.

Conclusión: La solicitud se ajusta a la normativa vigente.

c) Análisis de los aspectos jurídicos: En esta instancia se revisan las exigencias asociadas a la emisión de reportes de fiscalización.

Conclusión: La solicitud se ajusta a la normativa vigente.

En suma, conforme a lo dispuesto en la norma legal citada, jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado “Staff Attendance”, consultado por la empresa GPl Software S.A., RUT N*76,265.792-9, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de las relaciones laborales.

Saluda atentamente a Ud.,

o : ] a, - an 5 Ll po y VU Ya . z o a = PABLO REYES CARREÑO EFE Jo 5“ ABOGADO No Lo. Li Pep JEFE (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO DIRECCIÓN DEL TRABAJO po a Z : Los o E TMAY 206 ¿ Laso CARA ek ¿ » | | OFICINA DE PARTES | RC Distribución: - Jurídico; - Partes; - Control; 2

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 278, de 27 de mayo de 2026.

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