Saltar al contenido
Folium

Dirección del Trabajo

Ordinario N° 410, de 11 de septiembre de 2026

ORD.N°410 — Sistema electrónico de registro y control de asistencia; El sistema de registro…

Sumario

ORD.N°410 Sistema electrónico de registro y control de asistencia; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Portal del Colaborador", consultado por la empresa Audisoft S.p.A., RUT Nº76.258.515-4, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.

Texto del pronunciamiento

18 Dicc Sesa del Trabajo. o di cotiano deca yA Departamento Jurídico Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho E35143 / 2026 . 4 10 ORDINARION“__- / MATERIA: Sistema electrónico de registro y control de asistencia. RESUMEN: El sistema de registro y control de asistencia denominado “Portal del Colaborador”, consultado por la empresa Audisoft S.p.A., RUT N*76.258,515-4, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 07.09.2026 de Jefe de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho. 2) Instrucciones de 28.07.2026 de Jefe de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho 3) Correo electrónico de 20.04.2026 de Departamento de Tecnologías de la Información. 4) Presentación de 16.02.2026 de empresa Audisoft S.p.A. : SANTIAGO, 1 SEP 2026 DE : JEFE (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO A : SRES.

AUDISOFT S.P.A.

FRANCISCO BILBAO 1129, OFICINA 1001

OSORNO

dtGYaudisoft.cl

Mediante la presentación del antecedente 4), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, para lo cual se acompaña un informe de certificación emitido por la empresa Ciberlegal S.p.A., Rut 77.180.832-8.

En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 3” del artículo 33 del Código del Trabajo, fueron sometidos al proceso de revisión establecido en el artículo 68” de la Resolución Exenta N*38, cuyo resultado es el siguiente:

a) Examen de admisibilidad: Durante esta etapa se analiza el cumplimiento de las exigencias mínimas, asi como la omisión de información general, las credenciales o accesos al módulo de fiscalización, flujos y la falta de documentos.

Conclusión: La presentación da cumplimiento a las exigencias de esta etapa.

b) Análisis de los aspectos informáticos: En esta etapa se examina el cumplimiento de las condiciones relativas a la arquitectura del software, seguridad, integridad y respaldo de la información, base de datos, alertas, etc.

Conclusión: La presentación da cumplimiento a las exigencias de esta etapa.

c) Análisis de los aspectos jurídicos: En esta instancia se revisan las exigencias asociadas a la emisión de reportes y herramientas de fiscalización. Analizada la plataforma se formulan las siguientes observaciones respecto del artículo 27”:

Conclusión: La presentación da cumplimiento a las exigencias de esta etapa.

En suma, analizada la información acompañada a la luz de las normas legales y reglamentarias invocadas y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado “Portal del Colaborador”, consultado por la empresa Audisoft S.p.A., RUT N*76,258.515-4, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.

Saluda atentamente a Ud., :

A DEL 7 y Ne CS EAS o EZ Pri BLORÉYES CARREÑO LEIA O ABOGADO CON ES JEFE (S) DEPARTAMENTO JURIDICO TS DIRECCIÓN DEL TRABAJO Distribución: . - Jufídico» - Partes; - Control; 2

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 410, de 11 de septiembre de 2026.

Artículos que cita

Más sobre Aprobación de Sistemas Electrónicos

  • 22 de octubre de 2026

    Ordinario N° 492

    La norma rechaza la solicitud de Producecheck Group S.p.A. para usar su sistema electrónico de registro y control de asistencia, porque la documentación presentada no cumple los requisitos de la Resolución Exenta Nº38 de 2024.

  • 29 de septiembre de 2026

    Ordinario N° 453

    La norma autoriza el uso del sistema electrónico "PuntoSeguro" de Soluciones en Seguridad Ltda. para registrar y controlar la asistencia laboral, al cumplir con las exigencias de la Resolución Exenta Nº38 de 2024.

  • 29 de septiembre de 2026

    Ordinario N° 455

    La norma rechaza la autorización del sistema electrónico de asistencia "librodeasistencia" de Faast S.p.A. porque no cumple todos los requisitos de la Resolución Exenta Nº38, impidiendo su uso en relaciones laborales.

Todos los pronunciamientos sobre Aprobación de Sistemas Electrónicos

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Registro y Control de Asistencia, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Registro y Control de Asistencia

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium