Servicio de Impuestos Internos
Oficio N° 1996, de 29 de junio de 2022
Oficio Ordinario SII N° 1996 (29/06/2022)
Texto del pronunciamiento
RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 14 LETRA D) N°3, ART. 41 (ORD. N° 1996 DE 29.06.2022). Aplicación de corrección monetaria a contribuyentes sujetos al régimen pro pyme. De acuerdo con su presentación y considerando lo prescrito en la letra D) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), al disponer que estará “liberada” de aplicar la corrección monetaria establecida en el artículo 41, consulta si los contribuyentes del régimen pro pyme del N° 3 de la citada letra D) no deben aplicar la corrección monetaria o si tienen la libertad de elegir si la aplicarán o no. Esto es, si el en contribuyente se encuentra impedido de efectuar corrección monetaria o si puede optar por aplicar dicha corrección. Al respecto se informa que la liberación de corrección monetaria contenida en la letra c) del N° 3 de la letra D) del artículo 14 de la LIR no supone una facultad del contribuyente. Por el contrario, se trata de un imperativo establecido por el legislador para la determinación de la base imponible en caso que se trate de una pyme que lleve contabilidad simplificada. Por tanto, la expresión “estará liberada” utilizada en la redacción no tiene el alcance de establecer a favor del contribuyente la posibilidad de elegir si aplica o no corrección monetaria. A mayor abundamiento, en el primer párrafo del N° 3 de la letra D) del artículo 14 de la LIR se establece expresamente que, aun cuando la pyme opte por llevar contabilidad completa, deberá determinar el resultado conforme a la letra D), efectuando los ajustes que correspondan. Por lo anterior, la no aplicación de corrección monetaria para las empresas acogidas al régimen pyme debe entenderse como una norma de carácter obligatorio. Saluda a usted, HERNAN ANDRES FRIGOLETT CORDOVA DIRECTOR Oficio N° 1996 del 29-06-2022 Subdirección Normativa Depto. de Impuesto Directos
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Servicio de Impuestos Internos, Oficio N° 1996, de 29 de junio de 2022.
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