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Servicio de Impuestos Internos

Oficio N° 1615, de 17 de mayo de 2022

Oficio Ordinario SII N° 1615 (17/05/2022)

Texto del pronunciamiento

RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 20 Y ART. 40 N° 1 – OF. ORD. N° 3645 DE 2021 (ORD. N° 1615 DE 17.05.2022). Tributación de ingresos obtenidos por farmacia y ópticas comunitarias municipales. De acuerdo con su presentación, consulta sobre el régimen en que debe tributar una farmacia y óptica municipal en los años tributarios 2018 al 2022 y si los ingresos y egresos que se deben tomar para efectos del F22 son sólo los relacionados con la farmacia y óptica referidas, respecto de las cuales informa que tienen sus compras debidamente separadas. Al respecto, y sin perjuicio que no se ofrece ningún antecedente, se informa que este Servicio, a través de su jurisprudencia1, publicada en el sitio web, aborda la situación tributaria de las farmacias comunitarias sin fines comerciales2, análisis que se extiende a las ópticas comunitarias municipales. Saluda a usted, HERNÁN FRIGOLETT CÓRDOVA DIRECTOR Oficio N° 1615 del 17-05-2022 Subdirección Normativa Depto. de Impuesto Directos 1 Oficios N° 1306 de 2018 y N° 3645 de 2021. 2 De acuerdo a la Contraloría General de la República, es preciso distinguir si las actividades tienen fines de salud pública o comerciales. Ver Dictamen N° 13636 de 2016.

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Servicio de Impuestos Internos, Oficio N° 1615, de 17 de mayo de 2022.

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