Servicio de Impuestos Internos
Oficio N° 2716, de 25 de octubre de 2023
Oficio Ordinario SII N° 2716 (25/10/2023)
Texto del pronunciamiento
VENTAS Y SERVICIOS – LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – LEY N° 20.998, ART. 2, LETRAS H, J, N, ART. 64 BIS (ORD. N° 2716, DE 25.10.2023) Exención de IVA del artículo 64 bis de la Ley N° 20.998 a cobro de cuotas realizado por una comunidad de aguas. De acuerdo con su presentación, se consulta sobre la aplicación de la exención de IVA, contenida en el artículo 64 bis de la Ley N° 20.998, a los cobros de cuotas que una comunidad de aguas cobra a sus asociados para la mantención de la infraestructura de la comunidad. Al respecto, y en lo que interesa a la presente consulta, se informa que el artículo 64 bis de la Ley N° 20.998 favorece básicamente a la prestación de “servicios sanitarios rurales” efectuada por “operadores” inscritos o incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales. A su turno, los “servicios sanitarios rurales” consisten en la provisión de agua potable y/o saneamiento sin fines de lucro, conforme a lo dispuesto en dicha ley, con el debido aporte de inversión y capacitación del Estado1; en tanto que “operador”2 corresponde al licenciatario que opera un servicio sanitario rural, siendo licenciatarios aquellos comités, cooperativas y excepcionalmente, la persona natural o jurídica, a la que se ha otorgado licencia para operar servicios sanitarios rurales3. En el caso analizado, su representada, la Comunidad de Aguas YYY, registra como actividad en este Servicio la “administración y distribución de agua para riego”, la cual no se favorece con la exención en comento, por incumplirse los requisitos legales. CAROLINA SARAVIA MORALES DIRECTORA (S) Oficio N° 2716, de 25.10.2023 Subdirección Normativa Depto. de Impuestos Indirectos 1 Letra n) del artículo 2° de la Ley N° 20.998. 2 Letra j) del artículo 2° de la Ley N° 20.998. 3 Letra h) del artículo 2° de la Ley N° 20.998.
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Servicio de Impuestos Internos, Oficio N° 2716, de 25 de octubre de 2023.
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