Saltar al contenido
Folium

Servicio de Impuestos Internos

Oficio N° 2269, de 5 de noviembre de 2025

Oficio Ordinario SII N° 2269 (05/11/2025)

Texto del pronunciamiento

DONACIONES - LEY N° 19.885 – ART. 11 – DECRETO LEY N° 3.063, ART. 46 I – CIRCULAR N° 71 DE 2010 - OFICIOS N° 6627 DE 2003, N° 4290 DE 2006 Y N° 616 DE 2015. (ORD. N° 2269 DE 05.11.2025) Contraprestaciones permitidas en donaciones conforme al artículo 11 de la Ley N° 19.885 y del artículo 46 I de la Ley sobre Rentas Municipales. De acuerdo con su presentación, consulta si la remuneración —conforme a valores de mercado— que paga una fundación a una empresa por servicios de contabilidad y back-office pueden constituir una contraprestación para efectos de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley N° 19.8851 y en el artículo 46 I del Decreto Ley N° 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales2, considerando que dicha fundación ha recibido donaciones de la referida empresa. Al respecto se informa que donante y donatario pueden celebrar diversos contratos, sin que ello signifique la existencia de una contraprestación prohibida en los términos de las normas citadas, siempre que dichos contratos se ajusten al valor normal de mercado3. En consecuencia, se informa que la remuneración pagada por la donataria al donante por los servicios de contabilidad y back-office no constituiría, en principio, una contraprestación prohibida en los términos de las normas citadas, siempre que la remuneración se corresponda con el valor normal de mercado en los términos indicados, cuestión cuya verificación en todo caso debe ser realizada en la correspondiente instancia fiscalizadora. Sin perjuicio de lo anterior, cabe precisar que la donación no puede condicionarse a la contratación de un servicio futuro; en tal caso, aun cuando dicho servicio se ajuste al valor normal de mercado, constituiría, en los términos de las normas citadas, una contraprestación indirecta realizada con ocasión o a causa de la 4 donación . CAROLINA SARAVIA MORALES DIRECTORA (S) Oficio N° 2269, de 05.11.2025 Subdirección Normativa Depto. de Técnica Tributaria 1 Cuyas instrucciones fueron impartidas por este Servicio a través de la Circular N° 71 de 2010. 2 Cuyo texto refundido y sistematizado se contiene en el Decreto N° 2.385 de 1996, del Ministerio del Interior. Sus instrucciones fueron impartidas por este Servicio a través de la Circular N° 53 de 2024. 3 Oficios N° 6627 de 2003, N° 4290 de 2006 y N° 616 de 2015. 4 Oficios N° 4290 de 2006 y N° 616 de 2015.

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Servicio de Impuestos Internos, Oficio N° 2269, de 5 de noviembre de 2025.

Más sobre Herencias y Donaciones (Ley 16.271)

  • 31 de agosto de 2026

    Oficio N° 2217

    La norma aclara que solo los contribuyentes señalados en la ley pueden acceder a los beneficios tributarios del Título VIII bis del D.L. N° 3.063, pero no impide que otras personas hagan donaciones válidas a entidades inscritas, quedando sujetas al impuesto general correspondiente.

  • 31 de agosto de 2026

    Oficio N° 2219

    El SII confirma que las referencias a “instituciones colaboradoras del Servicio Nacional de Menores” en la Ley de Donaciones con Fines Educacionales deben entenderse como “colaboradores acreditados” según la Ley N° 20.032.

  • 31 de agosto de 2026

    Resolución N° 114

    El SII actualiza las reglas para emitir certificados de donaciones con beneficios tributarios, ahora mediante el portal de donaciones, y reemplaza la resolución anterior de 2022.

Todos los pronunciamientos sobre Herencias y Donaciones (Ley 16.271)

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Otros Impuestos, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Otros Impuestos

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium