Servicio de Impuestos Internos
Oficio N° 369, de 2 de febrero de 2021
Oficio Ordinario SII N° 369 (02/02/2021)
Texto del pronunciamiento
RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 34 (ORD. N° 369 DE 02.02.2021). Declaración de renta efectiva y presunta en el mismo ejercicio. De acuerdo con su presentación, inicialmente comenzó desarrollando una actividad en renta presunta y posteriormente amplió su giro a una actividad de renta efectiva correspondiente a obras menores. Sin embargo, este Servicio habría emitido una liquidación por diferencia de impuestos en el año tributario 2017 porque no declaró la totalidad de sus ingresos mediante renta efectiva, solicitando se confirme la correcta declaración de sus rentas en el referido año tributario. Al respecto y de acuerdo al artículo 34 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) vigente a contar del 1° de enero de 2016, los contribuyentes cuyas actividades sean la explotación de bienes raíces agrícolas, la minería o el transporte de carga o pasajeros, podrán optar por pagar el impuesto de primera categoría sobre la base de la renta presunta, determinada de la forma y cumpliendo los requisitos que para cada caso dispone dicho artículo1. El hecho que los contribuyentes que desarrollen las actividades señaladas opten por acogerse al régimen de renta presunta no impide que puedan, además, desarrollar otras actividades que no puedan sujetarse a dicho régimen de tributación, como sería una actividad comercial, industrial, de inversión, etc. En tales casos los contribuyentes deberán, en forma paralela, determinar la renta presunta y la renta efectiva de cada una de ellas, sin que los ingresos, costos, gastos y desembolsos correspondientes a la primera de las actividades incidan en la determinación de los resultados provenientes de la segunda. Precisado lo anterior, se informa que la correcta determinación de los impuestos aplicables en un año tributario debe ser definida en la instancia de fiscalización correspondiente. Saluda a usted, RICARDO ANTONIO PIZARRO ALFARO DIRECTOR (S) Oficio N° 369 del 02-02-2021 Subdirección Normativa Depto. de Impuesto Directos 1 Las instrucciones respectivas se encuentran en la Circular N° 37 de 2015 y Circular N° 39 de 2016.
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Servicio de Impuestos Internos, Oficio N° 369, de 2 de febrero de 2021.
Más sobre Renta Presunta y Exenciones
-
El SII confirma que la diferencia positiva entre el valor nominal y el costo tributario de bonos de la TGR acogidos al artículo 104 de la LIR califica como ingreso no renta al rescatarse al vencimiento, y una diferencia negativa solo se deduce de ingresos no renta.
-
El SII aclara que el beneficio tributario del artículo tercero transitorio de la Ley N° 20.780 se mantiene aunque el bien raíz agrícola se subdivida y parte se venda, siempre que el resto siga en explotación agrícola.
-
La norma aclara que los funcionarios de atención primaria de salud de corporaciones municipales sí pueden aplicar la rebaja de zona del DL N° 889, ya que su asignación se rige por la Ley N° 19.378, no por el DL N° 249.
Todos los pronunciamientos sobre Renta Presunta y Exenciones
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Impuesto a la Renta, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Impuesto a la Renta¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.