Saltar al contenido
Folium

Servicio de Impuestos Internos

Oficio N° 100, de 7 de enero de 2022

Oficio Ordinario SII N° 100 (07/01/2022)

Texto del pronunciamiento

IMPUESTO A LAS HERENCIAS, ASIGNACIONES Y DONACIONES – LEY N° 16.271 – ART. 46, LETRA F) – CIRCULAR N° 19, DE 2004 - OFICIO N° 2645 DE 2020. (ORD. N° 100, DE 07.01.2022) Valorización de derechos sociales que formen parte del activo de una sociedad de personas para efectos del impuesto a las donaciones. De acuerdo con su presentación, solicita determinar la forma de valorizar los derechos sociales que pretenden donarse en una sociedad de personas que, a su vez, tiene participación en otra u otras sociedades. En particular, si la valorización de estas últimas participaciones debe efectuarse conforme a su valor de adquisición corregido por la variación del IPC, o a valor patrimonial (de acuerdo al artículo 46, letra f), de la Ley sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones y al apartado 1.4.2.8 de la Circular N° 19 de 2004), siguiendo los mismos criterios de valorización vigentes para la primera sociedad. Al respecto, considerando que la propia letra f) del referido artículo 46 establece que los activos de la sociedad de personas cuyos derechos forman parte de la masa hereditaria deberán valorizarse de acuerdo a las normas que el mismo artículo establece – sin excluir ninguno de sus literales – incluyendo el monto de los valores intangibles valorados de acuerdo a las normas establecidas en el artículo 46 bis, todo ello con deducción del pasivo acreditado1, los derechos sociales subyacentes – esto es, aquellos que formen parte del activo de la sociedad de personas cuyos derechos pretenden donarse – deberán valorizarse, precisamente, conforme lo dispuesto en dicha letra f) y así sucesivamente, si las sociedades en cuestión participan en otras sociedades. Sin perjuicio de lo anterior, y conforme a lo resuelto por este Servicio2, la aplicación de la referida regla no podrá implicar asignar valores negativos a los derechos sociales subyacentes en el evento que los pasivos acreditados superen los activos sociales (valorados conforme a la letra f) del artículo 46), caso en el cual se deberá valorar en cero dicha participación social subyacente para efectos de determinar el valor de los derechos sociales que efectivamente se pretenden donar. FERNANDO BARRAZA LUENGO DIRECTOR Oficio N° 100, de 07.01.2022 Subdirección Normativa Dpto. de Técnica Tributaria 1 Norma que se instruye en el mismo sentido en el apartado 1.4.2.8. de la Circular N° 19 de 2004 y que aplica a las donaciones por la remisión dispuesta en el artículo 24 de la Ley sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones. 2 Ver Oficio N° 2645 de 2020.

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Servicio de Impuestos Internos, Oficio N° 100, de 7 de enero de 2022.

Más sobre Herencias y Donaciones (Ley 16.271)

  • 31 de agosto de 2026

    Oficio N° 2217

    La norma aclara que solo los contribuyentes señalados en la ley pueden acceder a los beneficios tributarios del Título VIII bis del D.L. N° 3.063, pero no impide que otras personas hagan donaciones válidas a entidades inscritas, quedando sujetas al impuesto general correspondiente.

  • 31 de agosto de 2026

    Oficio N° 2219

    El SII confirma que las referencias a “instituciones colaboradoras del Servicio Nacional de Menores” en la Ley de Donaciones con Fines Educacionales deben entenderse como “colaboradores acreditados” según la Ley N° 20.032.

  • 31 de agosto de 2026

    Resolución N° 114

    El SII actualiza las reglas para emitir certificados de donaciones con beneficios tributarios, ahora mediante el portal de donaciones, y reemplaza la resolución anterior de 2022.

Todos los pronunciamientos sobre Herencias y Donaciones (Ley 16.271)

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Otros Impuestos, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Otros Impuestos

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium