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Servicio de Impuestos Internos

Oficio N° 1487, de 25 de julio de 2024

Oficio Ordinario SII N° 1487 (25/07/2024)

Texto del pronunciamiento

VENTAS Y SERVICIOS – LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – ART. 12 LETRA F – DECRETO SUPREMO N°49 DE 2011, MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO – OFICIO N° 2934 DE 2016, OFICIO N° 2185 DE 2019, OFICIO N° 814 DE 2021 (ORD. N° 1487, DE 25.07.2024) Aplicación de la exención contenida en la letra F del artículo 12 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. De acuerdo con su presentación, la peticionaria es una empresa constructora que, durante un proceso de fiscalización, se le habría instruido emitir facturas afectas por los primeros avances de un proyecto de construcción de viviendas sociales. Sin perjuicio de ello, a su entender, correspondía emitir facturas exentas de IVA por aplicación de la exención contenida en la letra F del artículo 12 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), en tanto el comité de vivienda con el que se suscribió el referido contrato se encontraría beneficiado por el subsidio habitacional contenido en el Decreto N° 49 de 2011. Luego, junto con acompañar dos anexos del contrato de construcción referido y un certificado emitido por una municipalidad, solicita confirmar que el contrato de construcción del proyecto señalado en su consulta se encuentra exento de IVA. Al respecto, y como cuestión principal, se precisa que ésta no es la vía idónea para revisar o impugnar procesos de fiscalización que se encuentran pendientes o concluidos en las respectivas Direcciones Regionales. Por ley, la cuestión se encuentra radicada en esa esfera administrativa y sus decisiones, dentro de los plazos legales, pueden ser objeto de los recursos administrativos y judiciales que corresponden conforme la ley, por lo que no corresponde emitir un pronunciamiento sobre lo consultado. Precisado lo anterior, cabe destacar que este Servicio se ha pronunciado reiteradamente respecto de la exención de IVA contenida en la letra F del artículo 12 de la LIVS1, correspondiendo a la Dirección Regional respectiva revisar el cumplimiento de los requisitos legales. JAVIER ETCHEBERRY CELHAY DIRECTOR (S) Oficio N° 1487, de 25.07.2024 Subdirección Normativa Depto. de Impuestos Indirectos 1 Ver Oficios N° 2934 de 2016, N° 2185 de 2019, N° 640 de 2020, N° 652 de 2021, N° 814 de 2021, entre otros.

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Servicio de Impuestos Internos, Oficio N° 1487, de 25 de julio de 2024.

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