Servicio de Impuestos Internos
Oficio N° 2258, de 30 de agosto de 2021
Oficio Ordinario SII N° 2258 (30/08/2021)
Texto del pronunciamiento
RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 55 TER – CIRCULAR N° 6 DE 2013 (ORD. N° 2258 DE 30.08.2021). Crédito del artículo 55 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, por gastos en educación. Se ha solicitado a este Servicio un pronunciamiento sobre la procedencia del crédito por gastos en educación, respecto de quien, sin ser padre o madre de un menor, ha sido nombrado su curador, por sentencia judicial. Acompaña certificado de nacimiento con registro de la sentencia ejecutoriada del juzgado de familia, para acreditar lo anterior. Agrega que el menor se encuentra cursando 2° básico de etapa escolar. Al respecto, y sin perjuicio de los términos muy generales de su presentación, se entiende que consulta por el crédito establecido en el artículo 55 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). Dicha norma establece un crédito en favor de las personas naturales afectas a impuesto global complementario o a impuesto único de segunda categoría, ascendente a 4,4 unidades de fomento por cada hijo menor de 25 años, por los gastos efectuados con motivo de la educación de estos últimos. Como este Servicio ha precisado1, el crédito se aplica en los casos expresamente previstos por la ley, no pudiendo ampliarse administrativamente fuera de su marco legal2. Así, del tenor literal de la norma y conforme a las instrucciones contenidas en la Circular N° 6 de 2013, la utilización de la frase “sus hijos” explicita la relación parental que debe existir entre el menor y el o los beneficiarios, de manera que solo sus padres, o uno de ellos, pueden acceder al crédito del artículo 55 ter de la LIR. En consecuencia, el crédito por gastos en educación establecido en el artículo 55 ter de la LIR, no procede respecto de una persona que no tenga la calidad de padre o madre del menor. Saluda a usted, FERNANDO BARRAZA LUENGO DIRECTOR Oficio N° 2258 del 30-08-2021 Subdirección Normativa Depto. de Impuesto Directos 1 Oficio N° 1114 de 2021 2 Oficios N° 1299 de 1990, N° 287 de 2008, N° 2520 de 2013 y N° 196 de 2014
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Servicio de Impuestos Internos, Oficio N° 2258, de 30 de agosto de 2021.
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