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Servicio de Impuestos Internos

Oficio N° 2653, de 30 de septiembre de 2021

Oficio Ordinario SII N° 2653 (30/09/2021)

Texto del pronunciamiento

RENTA – LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 14, LETRA G) - OFICIO N° 2704 DE 2020. (ORD. N° 2653, DE 30.09.2021) Régimen tributario al que se encuentran sujetas las corporaciones. De acuerdo con su presentación, se consulta si, dado su carácter de corporación de derecho privado sin fines de lucro, puede vender libros relacionados con el área de la salud, creados por sus asociados o adquiridos con dicho propósito, sin perder su calidad de contribuyente no sujeto al artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). Agrega que los únicos ingresos de la corporación consisten en cuotas sociales y en pagos por asistencia a charlas, cursos y/o congresos dictados por alguno de sus asociados o profesionales del área de la salud, acompañando copia de los respectivos estatutos de la corporación. Respecto a lo consultado, este Servicio ha resuelto1 que “las fundaciones o corporaciones pueden ser contribuyentes de la LIR si realizan operaciones afectas a impuestos. En caso de quedar afectas al impuesto de primera categoría, no les son aplicables las disposiciones del artículo 14 de la LIR, pero de acuerdo con lo dispuesto en la letra G) del artículo 14 de dicho texto legal, pueden voluntariamente acogerse a sus disposiciones y, en tal caso, les serán aplicables todas las disposiciones del artículo 14 referido que conforme a su naturaleza resulten aplicables a una corporación o fundación.”. En consecuencia, si bien la corporación2 se afectará con impuestos a la renta en la medida que obtenga rentas clasificadas en la primera categoría de la LIR, como las obtenidas de la venta de libros – actividad que, además, se afecta con Impuesto al Valor Agregado – o de otras actividades que conforme a sus estatutos realice, aquello no implica que pierda su calidad de contribuyente no sujeto a las disposiciones del artículo 14 de la LIR. FERNANDO BARRAZA LUENGO DIRECTOR Oficio N° 2653, de 30.09.2021 Subdirección Normativa Dpto. de Técnica Tributaria 1 Oficio N° 2704 de 2020. 2 Entendiendo que se trata de una persona jurídica regida por el Título XXXIII del Libro I del Código Civil.

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Servicio de Impuestos Internos, Oficio N° 2653, de 30 de septiembre de 2021.

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