Servicio de Impuestos Internos
Resolución N° 133, de 30 de septiembre de 2026
Resolución Exenta SII N° 133 de 2026 — Amplía plazo establecido por resolución ex. Sii n° 46 de 2026, para que las municipalidades informen al servicio de impuestos internos la nómina de bienes raíces
Texto del pronunciamiento
SUBDIRECCIÓN DE AVALUACIONES DEPARTAMENTO VALORACIÓN CATASTRAL GE399864 AMPLÍA PLAZO ESTABLECIDO POR RESOLUCIÓN EX. SII N° 46 DE 2026, PARA QUE LAS MUNICIPALIDADES INFORMEN AL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS LA NÓMINA DE BIENES RAÍCES NO AGRÍCOLAS QUE CORRESPONDAN A SITIOS NO EDIFICADOS, PROPIEDADES ABANDONADAS O POZOS LASTREROS, A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 8° DE LA LEY N° 17.235. SANTIAGO, 30 DE SEPTIEMBRE 2026 RESOLUCIÓN EX. SII N° 133.- VISTOS: Lo dispuesto en los artículos 1° y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del Decreto con Fuerza de Ley N° 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda; el artículo 6°, letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del Decreto Ley N° 830 de 1974; los artículos 3° y 8° de la Ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial, cuyo texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado se contiene en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 1998, del Ministerio de Hacienda; el Decreto N° 47 de 1992, que fija el nuevo texto de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; el artículo 58 bis del Decreto Ley N° 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales, cuyo texto refundido y sistematizado se contiene en el Decreto N° 2.385 de 1996, del Ministerio del Interior; el N° 2 del artículo tercero de la Ley N° 21.078, sobre transparencia del mercado del suelo e impuesto al aumento de valor por ampliación del límite urbano; y la Resolución Ex. SII N° 123 de 2019, modificada por la Resolución Ex. SII N° 46 de 2026; y CONSIDERANDO: 1° Que, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso décimo del artículo 3° de la Ley N° 17.235, el Servicio de Impuestos Internos tasará con vigencia a contar del 1° de enero de cada año, los bienes raíces no agrícolas que correspondan a sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros, ubicados en áreas urbanas. 2° Que, mediante Resolución Exenta SII N°123, de 04 de noviembre de 2019, se estableció que las municipalidades deben dar cumplimiento en la aplicación web “Declaración Municipal Sitios No Edificados, Propiedades Abandonadas o Pozos Lastreros”, ubicada en el sitio web del Servicio, sii.cl, indicando además, la ubicación de cada propiedad, diferenciando aquellas emplazadas en áreas urbanas, de aquellas ubicadas en áreas de extensión urbana, a fin de identificar, tanto los inmuebles a ser reavaluados, como aquellos a los cuales se les deberá aplicar la sobretasa. 3° Que, la aplicación se encontrará disponible a partir del primer día hábil y hasta el último día hábil del mes de septiembre de cada año, ello conforme a la Resolución Ex SII N° 46 de 2026, período en el cual los municipios deberán cumplir con la obligación de informar la nómina de tales propiedades. 4° Que, por razones de buen servicio y a fin de facilitar a los municipios el cumplimiento de esta obligación, se estima necesario ampliar excepcionalmente el plazo para la presentación de la Declaración Municipal de Sitios No Edificados, Propiedades Abandonadas o Pozos Lastreros correspondiente al presente año.
RESUELVO: 1° AMPLÍESE, hasta el 16 de octubre de 2026, el plazo para que las municipalidades den cumplimiento a la obligación de informar la nómina de bienes raíces a que se refiere la Resolución Ex. SII N° 46 de 2026, que modificó la Resolución Ex. SII N° 123 de 2019, mediante la aplicación 'Declaración Municipal Sitios No Edificados, Propiedades Abandonadas o Pozos Lastreros' ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL DIRECTOR PMC/DCG/MJL Distribución: - Internet - Diario Oficial en extracto
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Cómo citarlo
Servicio de Impuestos Internos, Resolución N° 133, de 30 de septiembre de 2026.
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