Servicio de Impuestos Internos
Resolución N° 135, de 2 de octubre de 2026
Resolución Exenta SII N° 135 de 2026 — Fija las fechas de vencimiento para la presentación de declaraciones juradas que se indican, para el año tributario 2027
Texto del pronunciamiento
SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN DEPARTAMENTO DE DISEÑO DE PROCEDIMIENTOS GE 399601 FIJA LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS QUE SE INDICAN, PARA EL AÑO TRIBUTARIO 2027 SANTIAGO, 02 DE OCTUBRE DE 2026 RESOLUCIÓN EX. SII Nº 135.- VISTOS: Las necesidades del Servicio y las facultades contempladas en los artículos 1º, 4º bis y 7º de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo primero del D.F.L. Nº 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda; en letra A), Nº 1, del artículo 6º, y en los artículos 33 bis, y 35 del Código Tributario, contenido en el artículo 1º del D.L. Nº 830 de 1974. CONSIDERANDO: 1° Que, este Servicio, mediante instrucciones contenidas en la Resolución Exenta SII Nº123, de fecha 25 de septiembre de 2025, fijó las fechas de vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas que ahí se indican, para el Año Tributario 2026. 2° Que, por razones de buen servicio se hace necesario readecuar los plazos para la presentación de las declaraciones juradas correspondientes al Año Tributario 2027, en relación con los actuales procesos operativos. RESUELVO: FÍJASE, para el Año Tributario 2027, las fechas de vencimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas que se indican en el cuadro siguiente: Fecha de vencimiento Formularios Nos 1 01 de febrero 1959. 2 01 de marzo 1966 3 03 de marzo 1811, 1822, 1834, 1891, 1900, 1902 y 1903. 4 9 de marzo 1896, 1898 y 1957. 1870, 1871, 1873, 1890 y 5 16 de marzo 1948 (sociedades anónimas abiertas). 1922 (sociedad administradora de fondos de 6 22 de marzo inversión públicos, privados o fondos mutuos).
Fecha de vencimiento Formularios Nos 1812, 1832, 1862, 1895, 1897, 1899, 1904, 1909, 7 23 de marzo 1914, 1919, 1932, 1949 y 1955. 1828, 1835, 1874, 1889, 1894, y 8 24 de marzo 1948 (sociedad con socios personas jurídicas). 1829, 1840, 1841, 1843, 1879, 1887, 1933, 1943, 1944, 1947 (sociedad con socios personas naturales), 1948 (sociedad con socios personas 9 29 de marzo naturales), 1953, 1956 y 1965. 1922 (banco, corredor de bolsa o entidad intermediaria). 10 05 de mayo 1962. 11 14 de mayo 1837. Junto con el 1947 (empresarios individuales) y 12 Formulario 22 1948 (empresarios individuales). 1847, 1866, 1867, 1907, 1913, 1926, 1929, 1930, 13 30 de junio 1937, 1945, 1946, 1950, 1951, 1952, 1958, 1960, 1961, 1963 y 1964. 14 30 de julio 1959. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO DIRECTOR CSM/CGG/MCRB/TAM DISTRIBUCIÓN: - A INTERNET - AL DIARIO OFICIAL, EN EXTRACTO
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Servicio de Impuestos Internos, Resolución N° 135, de 2 de octubre de 2026.
Artículos que cita
Más sobre Declaraciones Juradas
-
El SII aclara que la obligación de retener e informar remuneraciones surge solo cuando se pagan efectivamente; si hay retraso, no corresponde multa al empleador por no incluirlas antes en la DJ 1887, pero al pagarse debe practicarse la retención e informarlas.
-
Esta resolución establece el formulario oficial para declarar y pagar el impuesto único sustitutivo de los impuestos finales (IUSIF) sobre los saldos del fondo de utilidades reinvertidas y retiros en exceso, según la Ley N° 21.850. Con ello, facilita a los contribuyentes cumplir y al SII fiscalizar esta obligación tributaria.
-
El SII confirma que los fondos de inversión que reparten beneficios en dólares deben usar el tipo de cambio vigente el día en que el aportante los recibe, informando ese monto en pesos en la declaración jurada N° 1922 y el Certificado N° 44.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Obligaciones Formales y Cumplimiento, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Obligaciones Formales y Cumplimiento¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.