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Folium

Jactancia por deuda familiar reconocida: la acreedora goza del derecho que invoca

Corte Suprema · Primera Sala · Rol 25782-2025 · 1 de septiembre de 2026

Tribunal
Corte Suprema, Primera Sala
Rol
25782-2025
Fecha
Recurso
Casación fondo (civil)
Resultado
Rechaza casacion en el fondo

Qué decidió

La Corte Suprema, en el Rol 25782-2025 (1 de septiembre de 2026), rechaza la casación del demandante porque, al no discutirse la deuda que él mismo ofreció pagar, la demandada goza del derecho que invoca y no concurre el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.

Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.

Lo que dice el fallo

«[…] Que esta Corte ha resuelto reiteradamente que, en un caso como el de autos, en que la existencia de la deuda del demandante para con la demandada de jactancia no ha sido objeto de controversia -pues del mérito del proceso consta que el actor ofreció pagar a las hermanas el saldo insoluto del crédito obtenido de su suegro-, debe concluirse que aquella se encuentra gozando del derecho que invoca.»

Corte Suprema, Rol 25782-2025

Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.

Fuente oficial

Base Jurisprudencial del Poder Judicial

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