Abandono del procedimiento por no notificar el auto de prueba al Fisco en seis meses
Corte Suprema · Tercera Sala · Rol 41065-2016 · 3 de enero de 2017
- Tribunal
- Corte Suprema, Tercera Sala
- Rol
- 41065-2016
- Fecha
- Recurso
- Casación fondo (civil)
- Resultado
- Rechaza casacion en el fondo
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 41065-2016 (3 de enero de 2017), rechaza la casación en el fondo de la demandante: notificarse ella sola del auto de prueba no interrumpe el plazo, porque el término probatorio es común y exige notificar a todas las partes.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] la notificación de la interlocutoria de prueba al demandante, en este caso mediante su presentación de 20 de abril de 2015, no pudo por sí sola interrumpir el plazo de seis meses exigido para que opere el abandono del procedimiento, toda vez que el término probatorio es común, de manera que para que éste se inicie es necesario que la aludida resolución se notifique a todas las partes que intervienen en el juicio.»
Corte Suprema, Rol 41065-2016 «[…] la notificación de la interlocutoria de prueba al demandante, en este caso mediante su presentación de 20 de abril de 2015, no pudo por sí sola interrumpir el plazo de seis meses exigido para que opere el abandono del procedimiento, toda vez que el término probatorio es común, de manera que para que éste se inicie es necesario que la aludida resolución se notifique a todas las partes que intervienen en el juicio.» (Corte Suprema, Rol 41065-2016). «[…] la notificación de la interlocutoria de prueba al demandante, en este caso mediante su presentación de 20 de abril de 2015, no pudo por sí sola interrumpir el plazo de seis meses exigido para que opere el abandono del procedimiento, toda vez que el término probatorio es común, de manera que para que éste se inicie es necesario que la aludida resolución se notifique a todas las partes que intervienen en el juicio.» (Corte Suprema, Rol 41065-2016). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/41065-2016-del-03-01-2017#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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Crear cuenta de pruebaNormas que aplica
- Art. 767 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 764 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 766 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 805 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 152 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 38 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 48 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 319 · Código de Procedimiento Civil