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Artículo 319 del Código de Procedimiento Civil (CPC)

Qué dice el artículo

Art. 319. Las partes podrán pedir reposición, dentro de tercero día, de la resolución a que se refiere el artículo anterior. En consecuencia, podrán solicitar que se modifiquen los hechos controvertidos fijados, que se eliminen algunos o que se agreguen otros.

El tribunal se pronunciará de plano sobre la reposición o la tramitará como incidente.

La apelación en contra de la resolución del artículo 318 sólo podrá interponerse en el carácter de subsidiaria de la reposición pedida y para el caso de que ésta no sea acogida. La apelación se concederá sólo en el efecto devolutivo.

Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 30 de agosto de 1902 · promulgación: 28 de agosto de 1902 · Última modificación: 30 de junio de 2022.

Sentencias destacadas

Actualizado el .

Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.

  • Rol 248538-20232024-12-23Primera Sala(Civil) Casación Fondo

    Lo que dice la Corte sobre el art. 319
    «[…] circunstancia que, indudablemente, se encuentra ausente cada vez que el ordenamiento procesal prescribe el pronunciamiento del tribunal, como es en el caso de lo previsto en el artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, en que las partes pueden pedir reposición dentro de tercero día de la resolución que recibe la causa a prueba, debiendo el tribunal pronunciarse de plano sobre la reposición o, como aconteció en autos, tramitarla como incidente. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 248538-2023

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  • Rol 56487-20242025-07-23Tercera Sala(Civil) Casación Fondo

    Lo que dice la Corte sobre el art. 319
    «[…] En el caso sub-lite, el tribunal debía pronunciarse respecto de si acogía de plano la reposición al auto de prueba planteado por la demandada o si lo recibía a prueba, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 del Código de Procedimiento Civil. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 56487-2024

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  • Rol 3957-20242025-01-09Primera Sala(Civil) Casación Fondo

    Lo que dice la Corte sobre el art. 319
    «[…] Vencido este plazo, háyanse o no presentado escritos, y sin nuevo trámite, el tribunal citará a las partes para oír sentencia”, norma que tiene el mismo sentido previsto en los artículos 319 y 89 del mismo cuerpo legal. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 3957-2024

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  • Rol 78852-20212022-09-05Tercera Sala(CIVIL) CASACIÓN FORMA Y FONDORECHAZADA CASACIÓN EN LA FORMA Y ACOGE CASACION FONDO

    Lo que dice la Corte sobre el art. 319
    «[…] impugnada vulneró lo que dispone el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, por aplicarlo a una situación fáctica no incluida en sus supuestos, y vulneró el derecho consagrado en el artículo 319 del citado Código de Procedimiento Civil, en cuanto otorga a las partes el derecho a recurrir de reposición con apelación subsidiaria, respecto de la interlocutoria de prueba, infracciones que influyeron substancialmente en la parte dispositiva del fallo, pues, en vez de desestimar el incidente de que se trata, lo acogió, estando pendiente la resolución de los recursos impetrados por la […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 78852-2021

  • Rol 56226-20212022-05-27Tercera Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDOACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA

    Lo que dice la Corte sobre el art. 319
    «[…] Que, a continuación, si bien el fallo recurrido reconoce esta última circunstancia – esto es, que el probatorio no se había iniciado, por encontrarse pendiente la resolución del recurso de reposición destinado a impugnar los puntos de prueba – incurre en un yerro esencial, como es el radicar, en este escenario, el impulso procesal en el demandante, toda vez que debía el Tribunal, de propia iniciativa y conforme a lo dispuesto en el artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, resolver de plano el incidente, o darle la tramitación correspondiente. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 56226-2021

  • Rol 76785-20202022-03-03Cuarta Sala(Cobranza) Casación FondoRECHAZA CASACIÓN EN EL FONDO (M)

    Lo que dice la Corte sobre el art. 319
    «[…] Además, se conculcaron los artículos 318 y 319 del Código de Procedimiento Civil, y el artículo 1698 del Código Civil, al afirmar que el cambio de empleador no fue notificado a la institución de seguridad CXVYXZXBT social a la que estaban afiliados los trabajadores, pese a que se trata de una circunstancia que no fue debatida ni acreditada, por lo que la decisión introdujo un elemento que no formó parte de la discusión. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 76785-2020

  • Rol 16899-20192021-07-19Primera Sala(CIVIL) CASACIÓN FORMA Y FONDOACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE (M)

    Lo que dice la Corte sobre el art. 319
    «[…] Por consiguiente, reflexionó, aun cuando la notificación de una de las partes es útil para la prosecución del juicio por el efecto previsto en el artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, en este caso el escrito ingresado por la parte demandante no tiene la virtud, por sí solo, de interrumpir el referido plazo, por cuanto el tribunal tuvo a la parte por expresamente notificada con fecha 28 de noviembre de 2017. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 16899-2019

  • Rol 21212-20192020-10-23Primera Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDORECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)

    Lo que dice la Corte sobre el art. 319
    «[…] Afirma que conforme lo disponen los artículos 318, 319 y 320 del Código de Procedimiento Civil, el término probatorio en el juicio ordinario de mayor cuantía empieza a correr desde la última notificación por cedula de la resolución que recibe la causa a prueba, o desde la notificación por el estado diario de la resolución que se pronuncia sobre la última solicitud de reposición del auto de prueba. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 21212-2019

  • Rol 6243-20182019-11-28Cuarta Sala(Civil) Casación Fondo

    Lo que dice la Corte sobre el art. 319
    «[…] Que, atendido lo expuesto, los tribunales del fondo incurrieron en el error de derecho denunciado al exigir a la parte demandante una actividad para dar curso progresivo a los autos, no obstante que el procedimiento se encontraba en una etapa procesal que se aparta de la hipótesis del artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, dado que, por mandato legal –artículo 319 del mismo código-, el impulso de avance estaba radicado en la judicatura. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 6243-2018

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  • Rol 20598-20182019-10-29Tercera Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDORECHAZA CASACION EN EL FONDO

    Lo que dice la Corte sobre el art. 319
    «[…] Que, en este arbitrio, se acusa que el fallo transgrede lo establecido en los artículos 89, 152 y 319 del Código de Procedimiento Civil, pues la sentencia cuestionada ha desconocido la utilidad de la notificación del auto de prueba realizada a su respecto, así también como la reposición presentada por el demandante antes del vencimiento del plazo de abandono, siendo deber del tribunal haberla resuelto sin que haya cumplido oportunamente con dicha carga. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 20598-2018

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