Petición de herencia prescrita a cinco años del decreto de posesión efectiva
Corte Suprema · Primera Sala · Rol 4633-2013 · 14 de julio de 2014
- Tribunal
- Corte Suprema, Primera Sala
- Rol
- 4633-2013
- Fecha
- Recurso
- Casación forma y fondo (civil)
- Resultado
- Rechazadas casación forma y fondo
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 4633-2013 (14 de julio de 2014), rechaza la casación en la forma y en el fondo de los demandantes: el plazo de cinco años del heredero putativo corre desde el decreto de posesión efectiva, ya estaba cumplido y la buena fe no fue desvirtuada.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] como el decreto de posesión efectiva sirve de título al falso heredero o heredero aparente para adquirir la herencia por prescripción, el término de cinco años para que lo indicado acontezca, necesariamente debe comenzar a contarse a partir de la fecha del decreto del juez que le dio la posesión efectiva, decreto que -bien o mal- le reconoció la calidad de heredero invocada.»
Corte Suprema, Rol 4633-2013 «[…] como el decreto de posesión efectiva sirve de título al falso heredero o heredero aparente para adquirir la herencia por prescripción, el término de cinco años para que lo indicado acontezca, necesariamente debe comenzar a contarse a partir de la fecha del decreto del juez que le dio la posesión efectiva, decreto que -bien o mal- le reconoció la calidad de heredero invocada.» (Corte Suprema, Rol 4633-2013). «[…] como el decreto de posesión efectiva sirve de título al falso heredero o heredero aparente para adquirir la herencia por prescripción, el término de cinco años para que lo indicado acontezca, necesariamente debe comenzar a contarse a partir de la fecha del decreto del juez que le dio la posesión efectiva, decreto que -bien o mal- le reconoció la calidad de heredero invocada.» (Corte Suprema, Rol 4633-2013). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/4633-2013-del-14-07-2014#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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