Decaimiento del cobro de impuestos tras más de ocho años sin gestión de Tesorería
Corte Suprema · Tercera Sala · Rol 5920-2010 · 4 de mayo de 2012
- Tribunal
- Corte Suprema, Tercera Sala
- Rol
- 5920-2010
- Fecha
- Recurso
- Casación fondo (civil)
- Resultado
- Rechaza casacion en el fondo
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 5920-2010 (4 de mayo de 2012), rechaza la casación de la Tesorería Regional de Antofagasta: el abandono no procede en la etapa administrativa, pero el cobro decayó tras más de ocho años sin gestión, así que el error no influye.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] El elemento de hecho sobreviniente en el caso de autos es el tiempo excesivo transcurrido desde la notificación y requerimiento de pago al deudor, el 23 de abril de 2001, hasta la fecha en que se planteó el incidente de abandono del procedimiento que alcanzó a más de ocho años, lo que ha afectado el contenido jurídico del procedimiento administrativo tornándolo ilegítimo […]»
Corte Suprema, Rol 5920-2010 «[…] El elemento de hecho sobreviniente en el caso de autos es el tiempo excesivo transcurrido desde la notificación y requerimiento de pago al deudor, el 23 de abril de 2001, hasta la fecha en que se planteó el incidente de abandono del procedimiento que alcanzó a más de ocho años, lo que ha afectado el contenido jurídico del procedimiento administrativo tornándolo ilegítimo […]» (Corte Suprema, Rol 5920-2010). «[…] El elemento de hecho sobreviniente en el caso de autos es el tiempo excesivo transcurrido desde la notificación y requerimiento de pago al deudor, el 23 de abril de 2001, hasta la fecha en que se planteó el incidente de abandono del procedimiento que alcanzó a más de ocho años, lo que ha afectado el contenido jurídico del procedimiento administrativo tornándolo ilegítimo […]» (Corte Suprema, Rol 5920-2010). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/5920-2010-del-04-05-2012#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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Crear cuenta de pruebaNormas que aplica
- Art. 767 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 764 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 765 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 805 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 201 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 152 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 200 · Código Tributario
- Art. 153 · Código de Procedimiento Civil