Abandono del procedimiento: el plazo no corre mientras el tribunal debe certificar
Corte Suprema · Primera Sala · Rol 6767-2015 · 9 de marzo de 2016
- Tribunal
- Corte Suprema, Primera Sala
- Rol
- 6767-2015
- Fecha
- Recurso
- Casación fondo (civil)
- Resultado
- Acogida casación fondo, anulada sentencia de
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 6767-2015 (9 de marzo de 2016), acoge el recurso del demandante: el plazo de seis meses del artículo 152 se cuenta desde la certificación del secretario del 18 de diciembre de 2013, y el exhorto ingresado en mayo de 2014 lo interrumpió.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] Que, por consiguiente, mientras no se cumpliera la certificación ordenada por el tribunal, el demandante no tenía carga procesal alguna, de modo tal que sólo a partir del 18 de diciembre de 2013, fecha en que el secretario del tribunal cumplió la certificación decretada, se renovó el deber del actor de dar curso progresivo a los autos […]»
Corte Suprema, Rol 6767-2015 «[…] Que, por consiguiente, mientras no se cumpliera la certificación ordenada por el tribunal, el demandante no tenía carga procesal alguna, de modo tal que sólo a partir del 18 de diciembre de 2013, fecha en que el secretario del tribunal cumplió la certificación decretada, se renovó el deber del actor de dar curso progresivo a los autos […]» (Corte Suprema, Rol 6767-2015). «[…] Que, por consiguiente, mientras no se cumpliera la certificación ordenada por el tribunal, el demandante no tenía carga procesal alguna, de modo tal que sólo a partir del 18 de diciembre de 2013, fecha en que el secretario del tribunal cumplió la certificación decretada, se renovó el deber del actor de dar curso progresivo a los autos […]» (Corte Suprema, Rol 6767-2015). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/6767-2015-del-09-03-2016#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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Crear cuenta de pruebaNormas que aplica
- Art. 767 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 764 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 765 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 805 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 152 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 795 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 10 · Código Orgánico de Tribunales
- Art. 48 · Código de Procedimiento Civil