Contenedor robado tras subcontratar el traslado: responsabilidad de Cosetran S.A.
Corte Suprema · Primera Sala · Rol 844-2008 · 23 de junio de 2009
- Tribunal
- Corte Suprema, Primera Sala
- Rol
- 844-2008
- Fecha
- Recurso
- Casación fondo (civil)
- Resultado
- Rechaza casacion en el fondo
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 844-2008 (23 de junio de 2009), rechaza la casación de Cosetran S.A.: sin infracción a las normas reguladoras de la prueba, no se pueden alterar los hechos asentados, como el contrato de transporte y el encargo de la conducción a un tercero.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] Que la transgresión a los artículos 166, 167, 180, 200 y 207 del Código de Comercio se sustentan sobre las premisas fácticas indicadas en el fundamento cuarto, las cuales no se encuentran justificadas en autos, pues en el establecimiento de los hechos no se ha incurrido en infracciones a las leyes reguladoras de la prueba, única forma de alterar tales sucesos […]»
Corte Suprema, Rol 844-2008 «[…] Que la transgresión a los artículos 166, 167, 180, 200 y 207 del Código de Comercio se sustentan sobre las premisas fácticas indicadas en el fundamento cuarto, las cuales no se encuentran justificadas en autos, pues en el establecimiento de los hechos no se ha incurrido en infracciones a las leyes reguladoras de la prueba, única forma de alterar tales sucesos […]» (Corte Suprema, Rol 844-2008). «[…] Que la transgresión a los artículos 166, 167, 180, 200 y 207 del Código de Comercio se sustentan sobre las premisas fácticas indicadas en el fundamento cuarto, las cuales no se encuentran justificadas en autos, pues en el establecimiento de los hechos no se ha incurrido en infracciones a las leyes reguladoras de la prueba, única forma de alterar tales sucesos […]» (Corte Suprema, Rol 844-2008). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/844-2008-del-23-06-2009#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
¿Vas a citar este u otro fallo? Revisa si el pasaje aparece textual.
Crea tu cuenta de prueba para leer el fallo completo en Folium, buscar en él y guardarlo en tus documentos.
Crear cuenta de prueba