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Reclamo tributario: liquidación

Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT GR-10-00024-2014 · 8 de abril de 2014

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
RIT
GR-10-00024-2014
RUC
14-9-0000412-6
Fecha
Materia
Liquidación
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
No presentado

Normas que aplica

Texto de la sentencia

1 Concepción, ocho de abril de dos mil catorce. Al escrito de fecha 31.03.2014, Téngase por cumplido lo ordenado y agréguese notificación N° 106 de fecha 12.11.2013. Al escrito de fecha 19.03.2014, a toda su suma: Estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a fojas 28 y siguientes, con fecha 19 de marzo de 2014, comparece don Pedro Varela Salgado, RUT 5.312.259-0 en representación según acredita de Servicios Forestales y Construcción Limitada, RUT 76.965.540-9, quien interpone reclamo en contra de las liquidaciones n°s 483 a la N° 518, todas de fecha 11 de noviembre de 2013, emitido por la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos. SEGUNDO: Que, de los antecedentes aportados previo a proveer se solicitó venga en forma el poder, toda vez que don Pedro Varela Salgado, quien representa al contribuyente en la interposición del reclamo es Ingeniero Forestal y no abogado, como lo dispone el artículo 129 del Código Tributario, evacuando respuesta a fojas 35 de autos acompañando mandato judicial en donde se confiere patrocinio y poder al abogado Mauricio Schwartz Godoy. TERCERO: Que, a fojas 36 se tuvo por cumplido lo ordenado en cuanto al considerando precedente, sin embargo este tribunal solicito copia de la notificación del acto reclamado dentro de tercero día, para así dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 125 del Código Tributario, bajo apercibimiento de tener por no presentado el reclamo. Documento firmado electrónicamente por don/ña Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño, el 08-04-2014. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación bc2270f6-0f2c-4587-9d5b-e6381117dc51 Timbre Electrónico 2 CUARTO: Que, en escrito de fecha 31.03.2014, se agrega copia de la notificación solicitada, cumpliendo lo ordenado a fojas 36, sin embargo, tal documento da cuenta que la notificación de las liquidaciones n°s 483/518, de fecha 11 de noviembre de 2013, se realizó el día 12.11.2013. QUINTO: Que, en conformidad a lo prescrito en el artículo 124 del Código Tributario, dispone que el reclamo deberá interponerse en el término fatal de 90 días, contado desde la notificación correspondiente. SEXTO: Que, consta en el proceso que las liquidaciones de impuestos precitadas fueron notificadas por cédula con fecha 12.11.2013 por funcionarios perteneciente a la VIII Dirección Regional Concepción. Asimismo, consta a fojas 28 y siguientes corre escrito de reclamo presentado ante la secretaria de este Tribunal, el día 19 de marzo de 2014 al as 17 horas, es decir, después de ciento siete (107) días de la notificación de las liquidaciones de impuestos reclamadas, considerando que el plazo comienza a computarse desde el día 13 de noviembre de 2013. Vistos además, lo previsto en los artículos 11 y siguientes del Código Tributario; Ley 20.322 del año 2009 y artículo 171 del Código de Procedimiento Civil. SE RESUELVE: Declárese inadmisible, por haberse presentado fuera de plazo de noventa días, establecido en el artículo 124 del Código Tributario, el reclamo del fojas 28 y siguientes, en contra de las liquidaciones n° 483 a la N° 518, de fecha 11 de noviembre de 2013, emitidas por la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos. Téngase por no presentado el reclamo para todos los efectos legales. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Notifíquese la presente resolución a la parte reclamante por carta certificada dirigida al domicilio registrado en autos. Documento firmado electrónicamente por don/ña Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño, el 08-04-2014. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación bc2270f6-0f2c-4587-9d5b-e6381117dc51 Timbre Electrónico 3 Sin perjuicio, dese aviso a la dirección de correo electrónico a la parte que lo haya solicitado. RIT GR-10-00024-2014 RUC 14-9-0000412-6 Proveyó don Anselmo Iván Cifuentes Ormeño, Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Bío Bío. Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal del Biobio Documento firmado electrónicamente por don/ña Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño, el 08-04-2014. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación bc2270f6-0f2c-4587-9d5b-e6381117dc51 Timbre Electrónico 2014-04-08T12:51:41-0300 ATTA SACTA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.