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Vulneración de derechos: artículo 19 N° 24 de la Constitución

Tribunal Tributario y Aduanero del Maule · RIT VD-07-00038-2015 · 30 de octubre de 2015

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero del Maule
RIT
VD-07-00038-2015
RUC
15-9-0001289-3
Fecha
Materia
Artículo 19 N° 24 de la Constitución
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Desistimiento

Normas que aplica

Texto de la sentencia

“CARRASCO Y COMPAÑÍA LIMITADA con SII-DIRECCIÓN REGIONAL DEL MAULE” RUC 15-9-0001289-3 RIT VD-07-00038-2015 VAL Talca, treinta de octubre de dos mil quince. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°) Que con fecha 16.10.2015, según consta a fojas 31 y siguientes, don JOSÉ LUIS CARRASCO MUÑOZ, Abogado, RUT N° 12.082.484-8, en representación de la contribuyente CARRASCO Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT N° 76.062.595-7, sociedad del giro servicios jurídicos, ambos domiciliados en calle 1 Sur N° 690, Edificio Plaza Talca, oficina 1303, de la comuna y ciudad de Talca, interpuso reclamo por vulneración de derechos en contra del acto administrativo contenido en el Ord. N° 429, de fecha 13.10.2015, del Director Regional de la VII Dirección Regional Talca del Servicio de Impuestos Internos. 2°) Que en Lo Principal del escrito de fecha 20.10.2015, que rola a fojas 37, don José Luis Carrasco Muñoz, ya individualizado, en representación de la parte reclamante, ha solicitado se tenga por expresa y personalmente desistida la reclamación de autos. 3°) Que la parte reclamada, en Lo Principal de su escrito de fecha 27.10.2015, que rola a fojas 39, manifiesta que se allana al incidente de desistimiento promovido por la reclamante, para todos los efectos legales. Y considerando, además, lo dispuesto en los artículos 117, 148 y 157 del Código Tributario y en los artículos 89 y 148 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. SE RESUELVE: TÉNGASE POR DESISTIDO el reclamo por vulneración de derechos interpuesto por la contribuyente CARRASCO Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT N° 76.062.595-7, ya individualizada, en contra del acto administrativo contenido en el Ord. N° 429, de fecha 13.10.2015, del Director Regional de la VII Dirección Regional Talca del Servicio de Impuestos Internos. Documento firmado electrónicamente por don/ña Hernan Enrique Farias Sepulveda, el 30-10-2015. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 26135196-d2f0-49c7-9606-e2297fcad677 Timbre Electrónico Notifíquese a la parte reclamante por carta certificada. Notifíquese a la parte reclamada mediante la publicación de la presente resolución en el sitio de Internet del Tribunal. Adicionalmente, dese aviso al correo electrónico registrado para tales efectos por las partes. Anótese, regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad. Proveyó don Hernán Farías Sepúlveda, Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la VII Región del Maule. Autoriza don Víctor Hugo Aedo Lara, Secretario Abogado Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la VII Región del Maule. En Talca, a , se publicó en el sitio de Internet del Tribunal la resolución precedente. Hernan Enrique Farias Sepulveda Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal del Maule Documento firmado electrónicamente por don/ña Hernan Enrique Farias Sepulveda, el 30-10-2015. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 26135196-d2f0-49c7-9606-e2297fcad677 Timbre Electrónico 2015-10-30T20:04:06-0300 ATTA SACTA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.