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Reclamo tributario: resolución

Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana · RIT GR-18-00088-2017 · 17 de agosto de 2017

Tribunal
Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana
RIT
GR-18-00088-2017
RUC
17-9-0000693-4
Fecha
Materia
Resolución
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Inadmisible

Normas que aplica

Texto de la sentencia

Dieciocho -18- “TECNICAS DE CONTROL LASER ELECTRIC LIMITADA con SII XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur” RUC N° 17-9-0000693-4 RIT N° GR-18-00088-2017 Santiago, diecisiete de agosto de dos mil diecisiete. Proveyendo la presentación de fojas 2: A LO PRINCIPAL Y AL PRIMER OTROSÍ: Estese a lo que se resolverá. AL SEGUNDO OTROSÍ: Como se pide al aviso por correo electrónico. AL TERCER OTROSÍ: Téngase presente patrocinio y poder. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°) A fojas 2, comparece don Walter Rosales Bravo, abogado, en representación de TECNICAS DE CONTROL LASER ELECTRIC LIMITADA, RUT N°76.375.350-6, quien de conformidad al artículo 124 del Código Tributario, deduce “recurso de reclamo” en contra de la Resolución Exenta N°76.264/2017, emitida con fecha 27 de junio de 2017, por el Servicio de Impuestos Internos Santiago Sur, agregada en autos a fojas 6, la que resolvió: Ha lugar en parte a la solicitud de Reposición Administrativa Voluntaria, presentada con fecha 17.05.2017, por el contribuyente TECNICAS DE CONTROL LASER ELECTRIC LIMITADA. 2°) Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 bis y 124 del Código Tributario, los actos reclamables son las liquidaciones, giros, pagos, resoluciones que incidan en el pago de un impuesto o en los elementos que sirvan de base para determinarlo y las resoluciones administrativas que denieguen las peticiones a que se refiere el artículo 126 del citado cuerpo legal. Por el contrario, tales disposiciones legales no contemplan la posibilidad de reclamar contra las resoluciones que se pronuncien sobre un recurso de reposición administrativa voluntaria interpuesto conforme a las reglas del citado artículo 123 bis del citado cuerpo legal. Por tanto, en mérito de lo antes expuesto y lo dispuesto en los artículos 115, 123 bis y 124 del Código Tributario, SE RESUELVE: Declárese inadmisible por improcedente el reclamo interpuesto contra la Resolución Exenta N°76.264/2017, emitida con fecha 27 de junio de 2017, por el Servicio de Impuestos Internos Santiago Sur. Notifíquese la presente resolución a la parte reclamante por carta certificada enviada al domicilio designado en autos y mediante su publicación en el sitio Internet del Tribunal. Déjense los testimonios que resulten procedentes, agregándose a los autos. (rv) Proveyó don Miguel Massone Pardo, Juez Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. Autoriza doña Carolina Arenas Concha, Secretaria Subrogante del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. Miguel Andrés Massone Pardo Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal R. Metropolitana. Cuarto Documento firmado electrónicamente por don/ña Miguel Andrés Massone Pardo, el 17-08-2017. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 39c0b470-cd7d-4638-b587-61fdfba99859 Timbre Electrónico 2017-08-17T10:38:33-0300 ATTA SACTA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.