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Artículo 23 del Código Civil

Cómo lo aplica la Corte Suprema: 53 fallos lo citan.

Qué dice el artículo

Art. 23. Lo favorable u odioso de una disposición no se tomará en cuenta para ampliar o restringir su interpretación. La extensión que deba darse a toda ley, se determinará por su genuino sentido y según las reglas de interpretación precedentes.

Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional.

Fallos que lo aplican

Se muestran 20 de 53 fallos, los más relevantes primero.

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