Artículo 2476 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 2476. Afectando a una misma especie créditos de la primera clase y créditos de la segunda, excluirán éstos a aquéllos; pero si fueren insuficientes los demás bienes para cubrir los créditos de la primera clase, tendrán éstos la preferencia en cuanto al déficit y concurrirán en dicha especie en el orden y forma que se expresan en el inciso 1.º del artículo 2472.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
-
Acción pauliana contra una resciliación celebrada por Sociedad de Alimentos Paypas
Rechaza la casación de Sociedad de Alimentos Paypas Limitada por manifiesta falta de fundamento, pues sus alegaciones buscan alterar los hechos fijados por los jueces del fondo.
-
Tercería de prelación del Fisco por impuestos frente a un acreedor hipotecario
Rechaza la casación del Banco Santander Chile: no se alteró la carga de la prueba y quedó establecido que el Fisco probó la insuficiencia de otros bienes del deudor, hecho que no se revisa en casación.
-
Tercería de prelación del Banco de Chile como acreedor prendario en una cobranza laboral
Rechaza la casación del Banco de Chile: como acreedor prendario de segunda clase le correspondía probar que el deudor tenía otros bienes para cubrir los créditos laborales de primera clase, y no lo hizo.
-
Tercería de prelación de un crédito laboral sobre una finca hipotecada
Rechaza la casación del tercerista con crédito laboral: según el artículo 2478 del Código Civil, quien invoca el privilegio de primera clase debe probar que su crédito no puede pagarse con otros bienes del deudor.
-
Tercería de prelación de la Tesorería por impuestos sobre un vehículo prendado
Revoca y rechaza, en sentencia de reemplazo, la tercería de la Tesorería General de la República: le tocaba probar que el deudor carecía de otros bienes suficientes fuera del vehículo prendado y no lo hizo.
-
Tercería del Fisco por impuestos sobre un bien prendado a Mitsui Trading
Rechaza la casación de Mitsui Trading and Service Limitada: la Corte de Apelaciones en la práctica impuso al Fisco la carga de probar la insuficiencia de otros bienes y la tuvo por cumplida.
-
Tercería del Fisco por impuestos sobre un bien prendado a Forum Servicios Financieros
Rechaza la casación de Forum Servicios Financieros S.A.: aunque se hubiera invertido la carga de la prueba no influiría, porque se estableció que los otros bienes del deudor no alcanzan para cubrir el crédito fiscal.
-
Rechaza la casación en el fondo; el texto disponible es solo la constancia de notificación y no permite conocer los hechos ni las razones.
-
Tercería de prelación de una trabajadora con finiquito sobre un vehículo prendado
Rechaza la casación de la tercerista: debía probar el mérito ejecutivo de su crédito y que el deudor no tenía otros bienes suficientes, y no lo hizo; el finiquito no hace plena prueba frente a terceros.
-
Tercería de prelación de crédito laboral frente a la hipoteca del Banco Santander Chile
Rechaza la casación del tercerista: para extender su crédito de primera clase a los inmuebles hipotecados debía probar la insuficiencia de otros bienes del deudor, y no lo hizo.
Se muestran los 10 más recientes de 12 fallos.
Crea tu cuenta de prueba para leer los fallos completos, su análisis y recibir los nuevos que citen este artículo.
Crear cuenta de prueba