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Artículo 889 del Código Civil

Cómo lo aplica la Corte Suprema: 153 fallos lo citan.

Qué dice el artículo

Art. 889. La reivindicación o acción de dominio es la que tiene el dueño de una cosa singular, de que no está en posesión, para que el poseedor de ella sea condenado a restituírsela.

Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional.

Fallos que lo aplican

Se muestran 20 de 153 fallos, los más relevantes primero.

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