Artículo 2 de la Ley 20.285 (Transparencia)
Qué dice el artículo
Artículo 2°.- Las disposiciones de esta ley serán aplicables a los ministerios, las intendencias, las gobernaciones, los gobiernos regionales, las municipalidades, las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública, y los órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa. La Contraloría General de la República y el Banco Central se ajustarán a las disposiciones de esta ley que expresamente ésta señale, y a las de sus respectivas leyes orgánicas que versen sobre los asuntos a que se refiere el artículo 1º precedente. También se aplicarán las disposiciones que esta ley expresamente señale a las empresas públicas creadas por ley y a las empresas del Estado y sociedades en que éste tenga participación accionaria superior al 50% o mayoría en el directorio. Los demás órganos del Estado se ajustarán a las disposiciones de sus respectivas leyes orgánicas que versen sobre los asuntos a que se refiere el artículo 1º precedente.
Texto oficial vigente al , según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 20 de agosto de 2008 · promulgación: 11 de agosto de 2008 · Última modificación: 11 de julio de 2025.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Acceso a los contratos del Ministerio Público por el sistema Red de Gestión Penal
Acoge la queja, deja sin efecto el rechazo del reclamo y ordena entregar los contratos: no se acreditó cómo su entrega afecta las investigaciones en curso y son anteriores a ellas.
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Reuniones del Presidente de la República con medios de comunicación: acceso denegado
Rechaza la queja del Consejo para la Transparencia: no hubo falta grave; el Presidente no es sujeto pasivo de la Ley del Lobby y publicar sus reuniones afectaría la reserva del artículo 21 de la Ley 20.285.
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Acceso a actas del Consejo de Seguridad Nacional en poder del Estado Mayor Conjunto
Rechaza la queja del Consejo de Defensa del Estado porque el Consejo de Seguridad Nacional forma parte funcional de la Administración, y de oficio reserva el acta 8 en lo relativo a movimiento de tropas.
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Actas del Consejo de Seguridad Nacional: el Consejo para la Transparencia es incompetente
Acoge la queja del Fisco y deniega la información porque el Consejo de Seguridad Nacional no está sujeto a la Ley 20.285 y la Constitución le entrega solo a él decidir la publicidad de sus actas.
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Acceso a actas del Consejo de Seguridad Nacional en poder del Estado Mayor Conjunto
Rechaza la queja del Fisco porque el Consejo de Seguridad Nacional integra funcionalmente la Administración, el Consejo para la Transparencia era competente y la publicidad no afecta la seguridad nacional.
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- Art. 8 · Constitución Política de la República
- Art. 28 · Ley 20.285 (Transparencia)
- Art. 21 · Ley 20.285 (Transparencia)
- Art. 10 · Ley 20.285 (Transparencia)
- Art. 5 · Ley 20.285 (Transparencia)
- Art. 19 · Constitución Política de la República
- Art. 1 · Ley 20.285 (Transparencia)
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