Artículo 40 de la Ley 20.285 (Transparencia)
Qué dice el artículo
Artículo 40.- El Consejo Directivo adoptará sus decisiones por la mayoría de sus miembros y, en caso de empate, resolverá su Presidente. El quórum mínimo para sesionar será de tres consejeros. El reglamento establecerá las demás normas necesarias para su funcionamiento.
Texto oficial vigente al , según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 20 de agosto de 2008 · promulgación: 11 de agosto de 2008 · Última modificación: 11 de julio de 2025.
Sentencias destacadas
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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