Contraloría General de la República · N° 002551N13
Dictamen N° 2.551, de 11 de enero de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 2.551 Fecha: 11-I-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Sergio Salazar Moraga, exfuncionario de Carabineros de Chile, para solicitar, por las razones que expone, un pronunciamiento respecto de la legalidad de tres procesos disciplinarios instruidos en su contra. Como cuestión previa, se debe recordar que esta Entidad de Control, mediante su oficio N° 11.449, de 2011, analizando dichos procesos, señaló que no se produjo ninguna irregularidad en la tramitación de aquéllos. No obstante lo anterior, cabe manifestar que el inciso primero del artículo 53 de la ley N° 19.880, establece que la autoridad administrativa podrá, de oficio o a petición de parte, invalidar los actos contrarios a derecho, siempre que lo haga dentro de los dos años contados desde la notificación o publicación del acto. Ahora bien, de los antecedentes existentes en este Organismo Fiscalizador y de los recabados de Carabineros de Chile, aparece que dos de esos procedimientos quedaron afinados con fecha 24 de julio de 2010 y un tercero adquirió la misma condición el día 8 de septiembre de dicha anualidad. Por consiguiente, en el evento de concurrir alguna causal que hubiese permitido invalidar los referidos procedimientos, la petición del señor Sergio Lobsang Salazar Moraga -de fecha 13 de noviembre de 2012-, resulta extemporánea, pues ha transcurrido el aludido plazo de dos años. Finalmente, respecto del planteamiento del ocurrente, en orden a que no se habría tramitado oportunamente su solicitud para contraer matrimonio, establecida en el artículo 68 del decreto N° 5.193, de 1959, del ex Ministerio del Interior, Reglamento de Selección y Ascensos, es menester anotar que no se acompaña ningún antecedente que permita tener por acreditada tal aseveración. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 002551N13, de 11 de enero de 2013.
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