Contraloría General de la República · N° 001885N22
Dictamen N° 1.885, de 2 de septiembre de 2022
Sumario
La Contraloría concluye que las observaciones al Plan Regulador de Angol fueron subsanadas, precisando que el primer tramo de Pedro Aguirre Cerda va entre P.N. Nahuelbuta y Valparaíso, y que las áreas de riesgo AR1 y AR2 corresponden a la Ordenanza General de Urbanismo.
Texto del pronunciamiento
N° 1.885 Fecha: 02-IX-2022 La Contraloría Regional de la Araucanía ha remitido para su estudio a este Nivel Central, la resolución N° 40, de 2022, de ese Gobierno Regional, que promulga la Actualización del Plan Regulador Comunal de Angol, instrumento de planificación territorial que, sobre la base de lo consignado por esta División de Infraestructura y Regulación, en sus oficios N°s 13.254, de 2018 y 9.537, de 2020, fue representado por esa Sede Regional, a través de los oficios N°s 3.193, de 2018 y 3.504, de 2020. Al respecto, es dable manifestar que del examen de los antecedentes adjuntos se advierte que se han subsanado suficientemente las observaciones contenidas en el aludido oficio N° 3.504. Con todo, cumple con hacer presente que esta Entidad de Control, conforme con los antecedentes adjuntos, entiende que el primer tramo de la vía Pedro Aguirre Cerda corresponde a aquel señalado en la Ordenanza Local, que comprende “Entre P. N. Nahuelbuta y Valparaíso”, y no como se dibuja en la lámina PRC 09201-1 que considera desde 15 metros hacia el norte de la calle “P.N. Nahuelbuta”. En tanto, sobre las áreas de riesgo AR1 y AR-2, se entiende que se refieren a las previstas en los N°s 1 y 2, del artículo 2.1.17., de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones -aprobada por el decreto N° 47, de 1992, del ministerio del ramo-. Por otra parte, es menester apuntar que, en lo sucesivo, esa entidad deberá enviar a este Organismo Fiscalizador solo una versión original de los planos -adjuntando las correspondientes copias-, y no seis como aconteció en la especie (aplica dictámenes N°s 13.254 y 22.680, ambos de 2018, de este origen). En mérito de lo expuesto, se remite, junto con sus antecedentes, la resolución de que se trata, a fin de que, con los alcances que preceden, sea tomada razón por esa Sede Regional. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe de la División de Infraestructura y Regulación
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 001885N22, de 2 de septiembre de 2022.
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