Contraloría General de la República · N° 026197N18
Dictamen N° 26.197, de 19 de octubre de 2018
Texto del pronunciamiento
N° 26.197 Fecha: 19-X-2018 Mediante el oficio de la suma, esa Contraloría Regional ha remitido para su estudio a este Nivel Central la resolución N° 67, de 2018, del Gobierno Regional del Maule, que promulga el Plan Regulador Comunal de Yerbas Buenas. Al respecto, cabe advertir que mediante los oficios N°s 9.364, de 2015 y 10.835, de 2017, de la anotada Sede Regional, y en atención a las observaciones realizadas por esta División de Infraestructura y Regulación en sus oficios N°s 82.520, de 2015 y 38.183, de 2017, se representaron correspondientemente las resoluciones N°s 84, de 2015 y 20, de 2017, del singularizado Gobierno Regional que sancionaban la misma materia. Sobre el particular, realizado el atingente examen de juridicidad procede manifestar que se advierte que se han subsanado suficientemente las observaciones contenidas en el aludido oficio N° 10.835, de 2017. Sin desmedro de lo expresado, cumple con hacer presente, en relación con el cuadro de vialidad estructurante contenido en el artículo 11 de la Ordenanza Local, que este Órgano de Control entiende que la vía La Paz -dado su ancho entre líneas oficiales de 15 metros- constituye una vía de servicio. Asimismo, que de los antecedentes analizados se desprende que la vía Padre Antonio -incluyendo el tramo entre Camino La Faja y el Límite urbano sur, que es existente no obstante lo indicado en el antedicho cuadro-, y cuya distancia entre líneas oficiales es también de 15 metros ha sido asimilada a la categoría de colectora en virtud de lo previsto en el artículo 2.3.1. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, aprobada por el decreto N° 47, de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Por otra parte, en lo meramente formal, es del caso anotar que en el visto N° 51 se anota “El oficio N° 10835 de 9 de diciembre de 2017”, en circunstancias que aquel acto es del mes de noviembre. Lo propio acontece en el visto N° 57, pues el documento a que se refiere es el N° 1.727 y no como ahí se consigna. En mérito de lo expuesto, se remite, junto con sus antecedentes, la resolución de que se trata, a fin de que, con los alcances que preceden, sea tomada razón por esa Sede Regional. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 026197N18, de 19 de octubre de 2018.
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