Contraloría General de la República · N° 025503N17
Dictamen N° 25.503, de 11 de julio de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 25.503 Fecha: 11-VII-2017 Mediante el oficio de la suma, la Contraloría Regional de Valparaíso ha remitido a este Nivel Central, para su estudio, la resolución N° 43, de 2017, que promulga la modificación al Plan Regulador Metropolitano de Valparaíso (PREMVAL), aprobado por la resolución N° 31/4/128, de 2013, ambas del competente Gobierno Regional, en lo que se refiere a la eliminación de un tramo de la declaratoria de utilidad pública de la vía expresa VE-2v. Cabe manifestar, que mediante el oficio N° 16.488, de 2016, y sobre la base de las observaciones realizadas por esta División de Infraestructura y Regulación en su oficio N° 74.263, de 2016, esta Sede Fiscalizadora representó la resolución N° 75, de 2016, del pertinente Gobierno Regional, que aprobó la misma modificación del citado instrumento de planificación territorial. Al respecto, cumple con formular los siguientes reparos a las enmiendas que fueron realizadas para subsanar las objeciones al plan regulador en estudio: 1. En el artículo 4° se alude al Plano MPRMV1 “del instrumento original”, en circunstancias de que corresponde referirse a la “situación anterior” del mismo plano. 2. En el artículo N° 1 de las disposiciones transitorias, se señala que a todas aquellas zonas que producto de la presente modificación pierden el carácter de vía VE-2v declaradas de utilidad pública, se les asignan las normas identificadas en el artículo transitorio N° 3 del PREMVAL, esto es, “Zona de Extensión Urbana ZEU 2”, mientras que en la “SITUACIÓN PROPUESTA” del plano respectivo el área que correspondía a la antedicha vía se grafica en color amarillo, el que concierne a las áreas urbanas “AU” de Viña del Mar y Quilpué. 3. En lo meramente formal, cabe apuntar que en la suma del documento que se analiza y en el “Visto y Considerando” 2° se señala que la modificación en comento se refiere a la eliminación de la vía que indica, en la comuna de Quilpué, en circunstancias que conforme a lo previsto en el resuelvo 1° y al plano MPRMV1 que se acompaña, un sector límite de la comuna de Viña del Mar también se encuentra sujeto a esta modificación. En seguida, es menester observar, en cuanto al “Visto y Considerando” 1° de la resolución en examen, que el decreto con fuerza de ley N° 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, es de 1975, y no de la fecha que apunta -lo cual ocurre igualmente en el resuelvo 4° de la resolución en análisis-; que la disposición que debe citarse del Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica -sancionado por el decreto N° 32, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente-, es el artículo 29, y que corresponde aludir al Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica y no como ahí se anota. Además, que tanto en el artículo 1° como en el cuadro contenido en el artículo 2° se alude a “cuadro” en lugar de “punto” de referencia; que en el artículo N° 2 no procede mencionar a la “Ordenanza Local”, si no “Ordenanza”; que en el artículo N° 3 se precisa que el plano MPRMV1 se denomina “Modificación al Plan Regulador Metropolitano de Valparaíso en su Vialidad Estructurante – Vía VE-2v”, no obstante, el nombre del plano atingente no incluye la expresión “Vía VE-2v”, y que en el artículo N° 4 y en el artículo N° 1 de las disposiciones transitorias, se consigna la vía “VE-2”, en vez de la denominada “VE-2v”. En mérito de lo expuesto, y haciendo presente que la Administración, al corregir el documento de que se trata, debe revisar la totalidad de sus disposiciones, a fin de armonizar su contenido con los criterios ya establecidos por este Organismo de Control en la antes individualizada jurisprudencia, procede que esa Contraloría Regional represente la resolución N° 43, de 2017, del competente gobierno regional -que se remite con sus antecedentes-, sobre la base de lo expresado en el cuerpo de este oficio. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 025503N17, de 11 de julio de 2017.
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