Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 070676N16

Dictamen N° 70.676, de 28 de septiembre de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 70.676 Fecha: 28-IX-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al documento individualizado en el epígrafe, que exime de llamado a propuesta pública y/o privada, autoriza trato directo y aprueba contrato e instrucciones notariales para la adquisición del inmueble que indica, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, la copia autorizada de la escritura de compraventa que se acompaña y aquella que forma parte integrante del decreto en estudio, omiten incorporar sus páginas 2 y 10, encontrándose, además, duplicada la página 9, lo que vulnera lo previsto en el artículo 6° de la resolución N° 1.600, de 2008, en virtud del cual los decretos y resoluciones afectos a toma de razón deberán remitirse conjuntamente con los antecedentes que les sirven de fundamento. Agrega que tratándose de la aprobación de convenios, como es el caso, estos deberán ser transcritos en el cuerpo del acto administrativo. Además, de lo expresado en los considerandos 15 y 16 del decreto en análisis, aparece que la inscripción del inmueble a nombre de la Universidad de Santiago en el Conservador de Bienes Raíces respectivo y el pago del precio del mismo, se realizaron con anterioridad a la dictación del acto del rubro que aprueba esa contratación y, por ende, antes de su emisión para su estudio de toma de razón en esta Contraloría General. Lo anterior se traduce en que el contrato fue ejecutado antes de su vigencia, aun cuando estos solo rigen desde que son aprobados por acto administrativo totalmente tramitado (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s 16.037, de 2008; 324, de 2013 y 2.385, de 2014). Además vulnera el principio de legalidad del gasto en virtud del cual todo pago efectuado con recursos públicos debe estar previamente autorizado e identificado el subtítulo e ítem al que debe ser imputado, lo que recién se efectúa con el acto del rubro y que fue dictado con posterioridad al pago del precio efectuado por la Universidad (aplica criterio de dictamen N° 34.035, de 2016). En mérito de lo expuesto se representa el instrumento del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 070676N16, de 28 de septiembre de 2016.

Más sobre Bienes Fiscales y de Uso Público

  • 30 de octubre de 2026

    Dictamen N° D450

    La Contraloría concluye que la prohibición del IPS de donar bienes quedó tácita y parcialmente derogada por la Ley de Economía Circular, solo respecto de bienes muebles en desuso, norma que ahora rige esas donaciones.

  • 23 de octubre de 2026

    Dictamen N° D430

    El Ministerio de Bienes Nacionales puede pactar de común acuerdo la partición de una herencia en la que el Fisco es comunero, sin autorización judicial previa, salvo que otro comunero esté bajo tutela o curaduría, caso en que la partición debe aprobarse después por la justicia. Se reconsidera el dictamen N° 10.941, de 1995.

  • 30 de septiembre de 2026

    Dictamen N° OF185838

    La Contraloría concluye que no es irregular que el Servicio Nacional de Protección Especializada asigne a los supervisores financieros autorizar la baja de bienes inventariables, pues el Director Nacional tiene facultades para instruir dichos procedimientos, sin perjuicio de aplicar la ley N° 21.634.

Todos los pronunciamientos sobre Bienes Fiscales y de Uso Público

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Finanzas Públicas y Bienes del Estado, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Finanzas Públicas y Bienes del Estado

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium