Contraloría General de la República · N° 058443N13
Dictamen N° 58.443, de 10 de septiembre de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 58.443 Fecha: 10-IX-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Rolando González Araya, solicitando la reconsideración del dictamen N° 38.823, de 2013, de este origen, por el cual se rechazó el reclamo que dedujera en contra de la decisión adoptada por el Instituto de Desarrollo Agropecuario -en adelante INDAP-, a propósito de la licitación ID N° 609-149-LE12, en orden a no adjudicarle la referida propuesta pública. Sobre el particular, cabe puntualizar que en el oficio aludido se expresó, en síntesis, que la apreciación de los criterios que componen la correspondiente evaluación en un proceso licitatorio, al igual que su ponderación y asignación de puntajes, constituyen un aspecto cuyo mérito y oportunidad le compete calificar a la Administración, sin que de la documentación acompañada fuera posible advertir que se hubieren vulnerado las condiciones del pliego respectivo. En esta ocasión, el peticionario reitera que existe una contradicción entre lo requerido y los argumentos que entregó el organismo licitante para fundamentar la evaluación que llevó a adjudicar el servicio a otro oferente, y manifiesta su desacuerdo con el hecho que se haya considerado la metodología propuesta por él como “presencial tradicional” en circunstancias que, a su juicio, esta sería eminentemente práctica, lo que le habría hecho merecedor de una puntuación distinta a la asignada. Finalmente, indica que su objeción no apunta a los criterios de valoración consignados en el pliego de condiciones, sino a la estricta sujeción que debió observar INDAP a dichas pautas. Al respecto, corresponde hacer presente que de los antecedentes tenidos a la vista para emitir el pronunciamiento que se impugna, no aparece que la evaluación cuestionada infringiera las especificaciones del pliego de condiciones, sin que en esta oportunidad se hayan aportado nuevos elementos de juicio que permitan arribar a una conclusión diversa. Atendido lo expuesto, esta Contraloría General cumple con manifestar que no existen razones para modificar el criterio sustentado en el dictamen cuya reconsideración se solicita, el cual se confirma en todas sus partes. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 058443N13, de 10 de septiembre de 2013.
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