Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° E371357N23

Dictamen N° E371357, de 21 de julio de 2023

Sumario

La Contraloría concluye que el Gobierno sí informó a la ciudadanía sobre la obligatoriedad del voto en las elecciones del 7 de mayo de 2023, mediante diversas campañas comunicacionales, por lo que no se advierte la falta de información denunciada por los diputados.

Texto del pronunciamiento

Nº E371357 Fecha: 21-VII-2023 I. Antecedentes Se ha dirigido a esta Contraloría General el Prosecretario subrogante de la Cámara de Diputadas y Diputados, a requerimiento de los diputados señora Flor Weisse Novoa y señores Cristian Labbé Martínez, Jorge Alessandri Vergara y Guillermo Ramírez Diez, solicitando un pronunciamiento acerca de la “falta de información y de campaña del voto obligatorio por parte del Gobierno en el contexto de las elecciones de consejeros constitucionales” efectuadas el pasado 7 de mayo de 2023. Requerida sobre el particular, la Subsecretaría General de Gobierno acompañó su correspondiente informe, indicando las diversas acciones realizadas en relación con la materia. II. Fundamento jurídico El inciso segundo del artículo 15 de la Constitución Política dispone -luego de la modificación introducida a través de la ley N° 21.524- que “El sufragio será obligatorio para los electores en todas las elecciones y plebiscitos, salvo en las elecciones primarias”. Luego, el artículo 144 de dicho texto constitucional -incorporado por la ley N° 21.533- convocó a elección de miembros del Consejo Constitucional para el día 7 de mayo de 2023. Por su parte, el artículo 1° de la ley N° 19.032 establece que “El Ministerio Secretaría General de Gobierno está encargado de actuar como órgano de comunicación del Gobierno”, pudiendo para estos efectos ejercer, entre otras atribuciones, la tuición del sistema de comunicaciones gubernamentales. En específico, su artículo 2°, letras b) y e), prescribe que le corresponderá especialmente a esa cartera de Estado “Establecer canales efectivos de comunicación entre gobernantes y gobernados” y “Servir de órgano de informaciones del Gobierno, proporcionando el material que corresponda a los medios de comunicación, nacionales e internacionales”. En conformidad con la normativa anotada y con la jurisprudencia administrativa de esta Entidad de Control contenida, entre otros, en el dictamen N° E333290, de 2023, cabe indicar que la mencionada secretaría de Estado se encuentra habilitada para desarrollar iniciativas comunicacionales y de información tendientes a dar a conocer a la ciudadanía aspectos de interés general relacionados con actos eleccionarios. III. Análisis y conclusión En su informe, la Subsecretaría General de Gobierno indica cada una de las actividades de información realizadas por dicha cartera de Estado en el marco de la campaña informativa -desarrollada en el período que señala- con ocasión de las pasadas elecciones de consejeros constitucionales de 7 de mayo de 2023, entre las cuales se encuentra la difusión de aspectos relevantes de la misma a través de canales de televisión abierta de cobertura nacional; de canales de televisión regionales y de cable; de pantallas de Metro de Santiago y de hospitales públicos; y de redes sociales. Indica, además, que del total de personas habilitadas para sufragar en esa oportunidad, concurrió a votar el 86% de ellas. Como se puede desprender de lo informado por la Subsecretaría General de Gobierno y de los antecedentes tenidos a la vista, el ministerio del ramo, en el ejercicio de sus atribuciones ya señaladas, efectuó diversas acciones destinadas a informar a la población acerca de aspectos relevantes de la elección desarrollada el 7 de mayo de 2023, como la obligatoriedad del voto, de manera tal que no se advierte la “falta de información” a la que aluden los diputados recurrentes. Finalmente, se adjunta copia del informe emitido por la Subsecretaría General de Gobierno, para su conocimiento y fines pertinentes. Saluda atentamente a Ud., JORGE BERMÚDEZ SOTO Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° E371357N23, de 21 de julio de 2023.

Más sobre Probidad y Conflictos de Interés

  • 29 de octubre de 2026

    Dictamen N° D441

    La Contraloría concluye que SENAPRED, el Ministerio de Desarrollo Social y la Municipalidad de Isla de Maipo actuaron dentro de sus atribuciones al entregar una vivienda de emergencia al concejal Jorge Alfaro tras el incendio de su hogar, sin irregularidades ni vulneración a la probidad, pues no existe norma que prohíba a un concejal recibir beneficios sociales por emergencia.

  • 9 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF192628

    La Contraloría concluye que la publicación del gobernador Orrego en su cuenta personal de X fue una opinión privada amparada por la libertad de expresión, no una actuación administrativa, por lo que no le corresponde pronunciarse sobre su contenido.

  • 1 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF186253

    El documento presidencial sobre contratación de parientes es solo una instrucción interna, no una norma obligatoria ni un decreto supremo, por lo que en principio no procede fiscalizar su cumplimiento como se pidió; sin perjuicio de la fiscalización permanente sobre probidad administrativa.

Todos los pronunciamientos sobre Probidad y Conflictos de Interés

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium