Contraloría General de la República · N° E80064N25
Dictamen N° E80064, de 15 de mayo de 2025
Sumario
La Contraloría toma razón del decreto que modifica el reglamento de organización de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, por ajustarse a derecho, con alcances: "en los que Chile es parte" exige suscripción y ratificación previas, y la facultad del Subsecretario requiere informe previo favorable del Consejo de Defensa del Estado.
Texto del pronunciamiento
N° E80064 Fecha: 15-05-2025 Esta Contraloría General ha dado curso al acto administrativo individualizado en el rubro, que modifica el decreto supremo N° 41, de 2020, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que aprueba reglamento que determina la organización interna de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores y las denominaciones y funciones que corresponden a cada una de sus unidades, por ajustarse a derecho. Sin embargo, se hace presente que en la nueva letra c) del artículo 55 del decreto N° 41, de 2020, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que se incorpora en virtud del numeral 22, letra b., del artículo único del acto administrativo en análisis, debe entenderse que el respectivo tratado internacional, “en los que Chile es parte”, implica que debe haberlo suscrito y ratificado previamente. A su vez, cabe indicar que en la letra c) del nuevo artículo 92 bis del citado decreto N° 41, de 2020, que se incorpora por el N° 37 del artículo único del decreto de en estudio, implica que el ejercicio de la facultad que allí se indica, por parte del Subsecretario de Relaciones Exteriores, supone la existencia del informe previo favorable de Consejo de Defensa del Estado, en conformidad con el artículo14, N° 15, de la ley N° 21.080. Con los alcances que anteceden, se ha dado curso al instrumento de la suma. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E80064N25, de 15 de mayo de 2025.
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