Contraloría General de la República · N° 060257N12
Dictamen N° 60.257, de 28 de septiembre de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 60.257 Fecha: 28-IX-2012 Esta Entidad Fiscalizadora ha debido abstenerse de realizar el control preventivo de legalidad del decreto Nº 1.491, de 2012, de la Universidad de Santiago de Chile, que dispone el cese de las funciones desempeñadas por don Jesús Blasco Valencia y ordena el reintegro de las remuneraciones que indica, toda vez que la designación que motiva dicho término nunca se formalizó mediante acto administrativo alguno y, por ende, no se sometió a toma de razón, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7°, numeral 7.2.4, de la resolución N° 1.600, de 2008, de este Organismo Contralor. Sin perjuicio de lo anterior, resulta necesario señalar que, en consideración a los antecedentes tenidos a la vista, procede que esa casa de estudios superiores realice las gestiones necesarias para obtener la devolución de las remuneraciones percibidas por el señor Blasco Valencia, con ocasión del desempeño efectivo de sus labores, por cuanto a su respecto se configura la situación contemplada en el artículo 63, inciso primero, de la ley N° 18.575. En efecto, de acuerdo a los referidos antecedentes, el señor Blasco Valencia se encontraba inhabilitado para ingresar a la mencionada universidad, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 54, letra b), del aludido texto legal, ya que se constató que era hijo de un funcionario directivo de esa institución. En mérito de lo expuesto, se restituye el decreto indicado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 060257N12, de 28 de septiembre de 2012.
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