Contraloría General de la República · N° 084583N13
Dictamen N° 84.583, de 26 de diciembre de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 84.583 Fecha: 26-XII-2013 Esta Entidad de Control ha dado curso al decreto N° 107, de 2013, del Ministerio de Bienes Nacionales, que aprueba el contrato de transferencia gratuita del inmueble que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que esta Contraloría General entiende que el acto en estudio aprueba el contrato de transferencia gratuita y también la escritura de rectificación, cuyo texto se transcribe, lo que no se ha señalado en esos términos en el numeral I de su parte resolutiva. Asimismo, cabe manifestar que atendida la naturaleza del acuerdo de voluntades que se sanciona, no procede que se incorpore la cláusula séptima, relativa a los vicios redhibitorios, y que la cláusula décima no estipula prohibiciones urbanísticas y de uso de suelo, como indica, sino que se remite a la normativa vigente. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del instrumento en estudio. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 084583N13, de 26 de diciembre de 2013.
Más sobre Bienes Fiscales y de Uso Público
-
La Contraloría concluye que la prohibición del IPS de donar bienes quedó tácita y parcialmente derogada por la Ley de Economía Circular, solo respecto de bienes muebles en desuso, norma que ahora rige esas donaciones.
-
El Ministerio de Bienes Nacionales puede pactar de común acuerdo la partición de una herencia en la que el Fisco es comunero, sin autorización judicial previa, salvo que otro comunero esté bajo tutela o curaduría, caso en que la partición debe aprobarse después por la justicia. Se reconsidera el dictamen N° 10.941, de 1995.
-
La Contraloría concluye que no es irregular que el Servicio Nacional de Protección Especializada asigne a los supervisores financieros autorizar la baja de bienes inventariables, pues el Director Nacional tiene facultades para instruir dichos procedimientos, sin perjuicio de aplicar la ley N° 21.634.
Todos los pronunciamientos sobre Bienes Fiscales y de Uso Público
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Finanzas Públicas y Bienes del Estado, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Finanzas Públicas y Bienes del Estado¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.