Contraloría General de la República · N° 059396N14
Dictamen N° 59.396, de 5 de agosto de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 59.396 Fecha: 05-VIII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Marcela Orieta Cárdenas Fernández, funcionaria del Hospital Padre Alberto Hurtado, solicitando acogerse a los beneficios establecidos en el artículo 67 de la ley N° 10.336, para el reintegro de la suma de $ 140.473 que adeudaría, por el rechazo de una licencia médica de la que hizo uso entre el 5 y el 16 de septiembre de 2013. Al respecto, cumple con manifestar que, de acuerdo a lo informado por la jefa del Departamento de Remuneraciones del indicado establecimiento hospitalario, consta que la Subcomisión Sur Oriente de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de la Región Metropolitana, acogió la reclamación deducida ante ella por la afectada, considerando justificado el reposo prescrito y autorizando en su totalidad la licencia médica en principio rechazada. En atención a lo expuesto, esta Entidad Fiscalizadora estima que la situación remuneratoria de la señora Cárdenas Fernández se encuentra actualmente solucionada, por lo que se abstiene de emitir un pronunciamiento sobre dicha petición. Transcríbase al Hospital Padre Alberto Hurtado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 059396N14, de 5 de agosto de 2014.
Más sobre Licencias Médicas
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El dictamen concluye que, durante el permiso de la ley SANNA, el subsidio reemplaza la remuneración y no procede pagar ambas, aunque el subsidio sea menor. Por eso el Hospital actuó correctamente al exigir la restitución de las remuneraciones pagadas.
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La Contraloría rechaza la reconsideración del dictamen N° 9.545 de 2013, confirmando que las licencias médicas no autorizadas, rechazadas o invalidadas constituyen ausencias injustificadas que impiden cobrar la cuota de la asignación del artículo 1° de la ley N° 19.490, y que en la asignación del artículo 83 del DFL N° 1 de 2005 corresponde descontar los días no trabajados.
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La Contraloría determina cómo registrar contablemente la variación de la UTM y los intereses de deudas por licencias médicas rechazadas: la UTM incrementa la cuenta 12101 Deudores contra ingresos patrimoniales, y los intereses se devengan en la cuenta 11508, traspasándose luego a la Tesorería General.
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